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Consulta formulada por:
Información sobre despidos, paro y reducción de jornada
24.02.05
La Asociación ASPAFADES está pasando por un momento en el que tiene muy pocos fondos y no espera una subvención hasta octubre. Para intentar ahorrar un poco más hemos pensado en dos posibilidades que puedan ser beneficiosas para la Asociación y la trabajadora y que nos sugieren una serie de dudas:
1- Que la persona contratada (trabajadora social que lleva más de 10 años con contrato indefinido) reduzca su jornada de 36 hora a 20 y el resto pueda disponer de paro, nos han dicho que hay que hacer un expediente de regulación en el Mº de trabajo pero no sabemos cómo y qué requisitos son necesarios y cuáles pueden ser los pros y contras para la asociación y la empleada.
2-¿existe alguna forma de que la trabajadora con contrato indefinido pueda ir al paro sólo de forma temporal y cuando llegue dinero de la subvención, incorporarla de nuevo al trabajo?.
Muchas gracias por vuestra atención, esperamos una pronta respuesta para tomar determinaciones.
Respuestas
Opinión anónima
27.02.05
En este caso existe la posibilidad de un desempleo parcial al reducirse la jornada mediante las siguientes condiciones:
-Reducción temporal de la jornada y el salario.
-Que la reducción sea de una tercera parte o más de su jornada ordinaria de trabajo.
-Que se reduzca de forma análoga el importe del salario.
-Que esté autorizada la reducción por expediente de regulación de empleo.
Efectos en la Trabajadora Social: Cobro del Servicio Público de Empleo del desempleo parcial que complementa su salario. No se merman los derechos del trabajador, volviéndose a la normalidad una vez superado el período de reducción autorizado.
Efectos para la Asociación: Continúa cotizando a la Seguridad Social por la trabajadora, con las pecualiaridades de la nueva situación. Recibe de la misma menor prestación de trabajo en razón a la reducción.
Requisitos formales trabajadora: Cumplir los requisitos exigidos para percibir la prestación de desempleo parcial:
1) Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
2) Autorización administrativa (Expediente Regulación) para encontrarse en la situación de desempleo parcial.
3) Tener cubierto el período de cotización exigido. (Me dice que lleva 10 años con contrato indefinido, por tanto no hay problema en este sentido).
4) No haber cumplido la edad que da derecho a la pensión de jubilación.
Además deben cumplirse todos los requisitos formales ante el Servicio Público de Empleo para obtener la prestación por desempleo, que por su extensión no relaciono, pero que se le indica por el Servicio Público de Empleo.
Requisitos formales empresa: El expediente de regulación de empleo se inicia mediante solicitud de la empresa a la Autoridad Laboral competente de la provincia, dependiendo de que sea un organismo estatal o autonómico según estén transferidas o no las competencias en materia laboral.
No obstante y dada la poca entidad de la reducción pretendida entiendo que los trámites quedarán más reducidos, conviene que este detalle lo consulte en el Organismo Público.
Existen varias soluciones para este asunto, no obstante le he citado el que creo menos lesivo para la empresa y la trabajadora.