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Consulta formulada por:
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
18.12.19
Hola,
queríamos saber si como Fundación estamos exentos de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, modelo 620 de la Comunidad de Madrid, por la compra de un vehículo de segunda mano a un particular para el uso de la Fundación. Al rellenar el modelo hemos visto que se puede marcar la casilla “exento” o “no sujeto” y una de las causas es “45.I.A.B. FUNDACIÓN”
Un saludo y gracias por la ayuda
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
18.12.19
Efectivamente, por la adquisición de un vehículo para afectarlo a los fines sociales de la fundación cabe la exención del ITP.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.