Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Katrina Cárdenas Ponce

Implicaciones de la Legalización ONGD española en un pais del Sur

07.10.24

Muy buenas,
Nuestra fundación hace proyectos de cooperación en algunos países africanos hace algunos años a través de socios locales; también lidera proyectos sociales en territorio español que no tienen nada que ver con cooperación.
Actualmente estamos en medio del proceso de legalización de la sede de nuestra entidad en Mozambique, trámite que nos permitirá contractar personal local, tener cuentas bancarias, alquileres, etc. Ahora bien, tenemos dudas sobre qué implicaciones puede tener esta legalización a nivel contable y fiscal en España? La contabilidad de la sede en el Sur deberá integrarse a la contabilidad que llevamos en España?
Sabéis si en España se debe hacer algún trámite adicional o si, una vez legalizada la sede en el país africano, deberá hacerse algún tratamiento especial de temas fiscales, contables o legales? Se debe informar al Protectorado de Fundaciones?
Muchas gracias de antemano por vuestra colaboración.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Andre Hoelzle-Silva

Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.

Trabaja en:

Asesor particular

07.10.24

¡HOLA!

Aquí hay algunos puntos clave a considerar sobre las implicaciones contables y fiscales de la legalización de una sede de una ONG española en un país del Sur, como Mozambique:

Implicaciones Contables

Integración Contable: La contabilidad de la sede en Mozambique deberá integrarse con la contabilidad de la sede en España. Esto implica consolidar las cuentas para presentar un informe financiero unificado. Es crucial mantener registros detallados y precisos de todas las transacciones realizadas en ambas sedes.

Normas Contables: Asegúrense de que la contabilidad de la sede en Mozambique cumpla con las normas contables locales y las normas internacionales aplicables. Esto facilitará la integración y el cumplimiento de las obligaciones contables en España.

Implicaciones Fiscales

Impuesto sobre Sociedades: Las ONGs en España pueden acogerse al régimen fiscal especial para entidades sin fines lucrativos, lo que puede implicar exenciones fiscales para ciertas actividades. Sin embargo, es importante verificar cómo se aplican estas exenciones a las actividades realizadas en el extranjero.

Declaraciones Fiscales: Es posible que deban presentar declaraciones fiscales adicionales en España para reflejar las actividades y los ingresos generados por la sede en Mozambique. Esto puede incluir la presentación de modelos específicos como el modelo 347 (operaciones con terceros) y otros informes de retenciones.

Trámites Adicionales en España

Protectorado de Fundaciones: Sí, deben informar al Protectorado de Fundaciones sobre la apertura de la sede en Mozambique. Esto es parte de las obligaciones de transparencia y rendición de cuentas que tienen las fundaciones en España.

Registro y Documentación: Asegúrense de registrar adecuadamente la sede en Mozambique y mantener toda la documentación necesaria para cumplir con las normativas tanto locales como españolas. Esto incluye contratos, registros bancarios, y cualquier otro documento relevante.

Recomendaciones

Asesoría Especializada: Consideren contratar a un asesor fiscal y contable especializado en ONGs y en operaciones internacionales. Esto les ayudará a navegar las complejidades legales y fiscales de manera más eficiente.

Capacitación Interna: Capaciten a su equipo en las normativas contables y fiscales aplicables tanto en España como en Mozambique para asegurar el cumplimiento continuo.

solucionesong.org
Un proyecto de