Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Daniel Rodriguez

Implicación legal y fiscal de la venta de lotería

21.07.10

Vendimos participaciones de lotería de navidad con 1 euro de beneficio en cada una. Tocó un premio y arreglamos cuentas con los “premiados”, pero ahora dudamos de cómo contabilizar todo esto y sobre todo de qué obligaciones legales y fiscales tenemos.

Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

23.07.10

La obtención de una nueva plaza para el establecimiento de una Administración de Lotería estará supeditada al procedimiento de Concurso Público conforme a lo previsto en el Real Decreto 1082/1985 y estos establecimientos habrán de comercializar la totalidad de los productos del Organismo, constituyendo esta su única actividad salvo autorización especial de la Dirección General de Loterías y Apuestas del Estado, y siempre que no constituya perjuicio alguno para la imagen y gestión de los juegos de titularidad estatal o del propio organismo.

- Para la provisión de las vacantes por concurso público se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. Ser persona física, nacional de cualuquiera de los Estados Miembros de la Unión Europea y no hallarse comprendidas en las circunstancias inhabilitantes que se enumeren en las bases.
2. Formalización de las fianzas provisionales que se determinen.
3. Compromiso de realizar una venta mínima semanal fijada en el pliego de condiciones.
4. Valoración de criterios objetivos : interés comercial, superficie del local, distancias con otros puntos de venta, fachada exterior y escaparate en metros liniales y cuadrados respectivamente.

Documentación - Impreso de solicitud de aviso
- La que determinen las Bases del Concurso Público.

Plazos No disponible.
Tiempo medio No disponible.

Requisitos previos Los que se determinen en cada una de las bases del concurso

Normativa - Orden 439/1999 de 12 de febrero de 1999 que completa el desarrollo del art.3 del RD 419/1991que regula la distribución de la recaudación y premios en las Apuestas Deportivas y otros juegos gestionados por el O.N.L.A.E.
- RD 419/1991 de 27 de marzo, por el que se regula la distribución de la recaudación y premios en las Apuestas Deportivas y otros juegos gestionados por el O.N.L.A.E.
- RD. 1082/1985 de 11 de junio que regual la clasificación, provisión funcionamiento , traslado, transmisión y supresión de admiinistraciones de Lotería.

avatar
#2

Opinión anónima

23.07.10

Normativa - Orden 439/1999 de 12 de febrero de 1999 que completa el desarrollo del art.3 del RD 419/1991que regula la distribución de la recaudación y premios en las Apuestas Deportivas y otros juegos gestionados por el O.N.L.A.E.
- RD 419/1991 de 27 de marzo, por el que se regula la distribución de la recaudación y premios en las Apuestas Deportivas y otros juegos gestionados por el O.N.L.A.E.
- RD. 1082/1985 de 11 de junio que regual la clasificación, provisión funcionamiento , traslado, transmisión y supresión de admiinistraciones de Lotería.

avatar
#3

Opinión anónima

23.07.10

Normativa - Orden 439/1999 de 12 de febrero de 1999 que completa el desarrollo del art.3 del RD 419/1991que regula la distribución de la recaudación y premios en las Apuestas Deportivas y otros juegos gestionados por el O.N.L.A.E.
- RD 419/1991 de 27 de marzo, por el que se regula la distribución de la recaudación y premios en las Apuestas Deportivas y otros juegos gestionados por el O.N.L.A.E.
- RD. 1082/1985 de 11 de junio que regual la clasificación, provisión funcionamiento , traslado, transmisión y supresión de admiinistraciones de Lotería.

avatar
#4

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

23.07.10

La venta de loteria en entidades sin ánimo de lucro es frecuente. Entiendo que más que venta, es una mera intermediación, comprando normalmente un número y repartiéndolo entre los socios, y en ocasiones entre ajenos a través de estos. Al mismo tiempo, se aprovecha para sacar algún beneficio, con el recargo, para la asociación.

Habitualmente, el beneficio del recargo se suele contabilizar como un ingreso extraordinario.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

solucionesong.org
Un proyecto de