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Consulta formulada por:
Hojas de reclamaciones para ONGs
24.06.22
Hola.
Somos una ONG que ofrecemos obras de arte a cambio de donativos a otras ONGs o causas sociales, tenemos una tienda online, donde las obras tienen un coste y los compradores eligen a qué ONG de las que colaboran con nosotros destinar el dinero de la compra.
Nuestra duda es, si en nuestra institución son necesarias las hojas de reclamaciones.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado laboralista ejerciente. Especialista en derecho laboral, seguridad social y prevención de riesgos laborales.
Trabaja en:
Asesor particular
24.06.22
Buenas tardes,
Las administraciones de consumo de las Comunidades Autónomas son quienes determinan en España qué empresas o profesionales deben disponer de hojas de reclamaciones en su ámbito territorial. Por regla general, las normativas autonómicas prevén que todas las personas físicas o jurídicas que comercialicen bienes o presten servicios destinados a los consumidores finales deben tener a su disposición y facilitar hojas de reclamaciones cuando así se lo soliciten.
Un saludo