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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eva Bonifacio García

Hojas de reclamaciones para ONGs

24.06.22

Hola.

Somos una ONG que ofrecemos obras de arte a cambio de donativos a otras ONGs o causas sociales, tenemos una tienda online, donde las obras tienen un coste y los compradores eligen a qué ONG de las que colaboran con nosotros destinar el dinero de la compra.

Nuestra duda es, si en nuestra institución son necesarias las hojas de reclamaciones.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan Pablo Blanca Pérez

Abogado laboralista ejerciente. Especialista en derecho laboral, seguridad social y prevención de riesgos laborales.

Trabaja en:

Asesor particular

24.06.22

Buenas tardes,
Las administraciones de consumo de las Comunidades Autónomas son quienes determinan en España qué empresas o profesionales deben disponer de hojas de reclamaciones en su ámbito territorial. Por regla general, las normativas autonómicas prevén que todas las personas físicas o jurídicas que comercialicen bienes o presten servicios destinados a los consumidores finales deben tener a su disposición y facilitar hojas de reclamaciones cuando así se lo soliciten.
Un saludo

solucionesong.org
Un proyecto de