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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María José Balibrea Cárceles

Hemos perdido el original del acta constitucional de la asociación ¿qué podemos hacer?

25.02.10

No encontramos el acta fundacional sellada por el registro de la Comunidad Autónoma; sólo tenemos una fotocopia. Para registrarnos en otros organismos ¿podemos volver a hacerla?. Podemos obtener la firma de los que estaban en ese entonces y algunos seguimos estando.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Albert Figa Batallé

Asesor legal y contable de ENLs www.riberetaverda.org

Trabaja en:

Asesor particular

26.02.10

Buenos días María José.


En este caso, yo me dirigiría al Registro donde estáis inscritos y les pediría copia compulsada del acta que tienen en su poder.


Aparte de esto, buscaría el acta de constitución por todas partes, financiadores a quién habéis entregado documentación oficial para compulsar…


Saludos,


Albert Figa

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#2

Suficiente

Aportada por:

Fidel Martin Rocha

Fidel Martín. Consultor. Instituto de Estudos Sociais e Internacionais. www.iesigalicia.org

Trabaja en:

Asesor particular

26.02.10

El acta de constitución de la entidad es un documento ÚNICO, no se puede volver a firmar porque eses nuevo documento no estaría visado por la administración.


Como se responde anteriormente, lo mejor es dirigirse al registro y solicitar una copia compulsada de la misma.


saludos

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#3

Opinión anónima

26.02.10

Hola María José


Como dicen mis compañeros, y por experiencia propia,  se puede pedir copia al Registro donde lo entregasteis, previo pago unas tasas, claro está.


Gracias

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#4

Muy buena

Aportada por:

Ramon Pamies

Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc

Trabaja en:

Asesor particular

26.02.10

Yo tengo experiencia en estos casos y lo que teneis que hacer es pedirlo en el Registro de Asociaciones donde este inscrita vuestra entidad.


Tendreis que acreditar que quien solicita la copia compulsada es el representante de la Asociacion, y que comontal debe figurar inscrito en dicho registro.


 

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#5

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

27.02.10

Hola María José: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: a lo que te trasladan mis compañeros/as de portal, me sumo a los mismos, en el sentido de que el Registro al que teneís que dirigiros, salvo error u omisión por mi parte, es el Registro de Asociaciones de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Murcia, a efectos de solicitar copia compulsada del acta fundacional de vuestra entidad asociativa.


Un cordial saludo y buena suerte.


Rafael Pérez Castillo.


rperezcastillo@gmail.com


 

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#6

Opinión anónima

28.02.10

 Aver…un par de cosas prácticas:


- cuando pidais copia del acta al registro, tal y como han comentado mis compañeros, pedid varias copias, en número igual al de los registro donde os vayais a inscribir. Tened en cuanta que en general la administración si os exige un documento os va a exigir el original o la copia compulsada. Pero si le presentais esta copia compulsada, normalmente se queda con ella, pero a lo mejor no la compulsa a su vez


Desde luego un notario no compulsa una copia compulsada.


- por otro lado, ¿realmente necesitais copia del acta fundacional para inscribiros en otro registro? Lo habitual es que os requieran los Estatutos, pero el acta fundacional no es algo habitual (salvo en el de asociaciones propiamente dicho). Solicitad la copia o copias, para tener viuestra documentación completa, pero yo creo que no la teneis que presentar.


un saludo

solucionesong.org
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