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Consulta formulada por:
¿Hemos de cobrar IRPF e IVA por los servicios de formación que ofrecemos?
18.12.09
Queríamos saber si obligatoriamente hemos de cobrar IRPF e IVA por los servicios de formación que ofrecemos.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesor ENL fiscal y laboral. Graduado Social. Máster Asesoría Fiscalwww.viaasesores.com
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Asesor particular
21.12.09
en primer lugar, el IVA en la formación depende del tipo de formación que se de, hay ciertas exenciones y en general las de formación recogida en planes de formación oficiales está exenta de IVA.
en segundo lugar, si los cursos se realizan con criterios de mercado, esto es, se cobra como una academia que sea empresa, hay que tributar, en primer lugar por los beneficios en Sociedades, ya que las asociaciones tributan por este impuesto, pero sólo por las actividades no exentas.
Si las actividades se realizan para los socios y no se cobra una inscripción por participar que sea equiparable al mercado, estarían exentos de tributación los ingresos de esos cursos.
Aunque en estos casos hay también casos particulares que se pueden resolver de otro modo.