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Consulta formulada por:
¿Hay un tiempo mínimo para realizar un contrato?
04.10.11
Hola,
¿Hay un tiempo mínimo para realizar un contrato? ¿Se puede realizar un contrato por obra o servicio determinado (501) de 5 horas a la semana, por ejemplo?
Gracias y un saludo
Respuestas
Opinión anónima
05.10.11
Buenos días:
Sí, no hay problema, la normativa (art. 12.1 del Estatuto de los Trabajadores) dice que un contrato a tiempo parcial es aquel que se acuerda para prestar servicios por un tiempo inferior al tiempo completo, sin limitación de mínimos (creo recordar que hace unos años sí que existía, pero actualmente no).
De todos modos echa un vistazo al convenio colectivo que tengáis por si dijese algo al respecto.
Todo ello, salvo mejor opinión.
Aportada por:
Trabaja en:
Asesor particular
05.10.11
Hola: Existen dos tipos de contratacion indefinida o temporal. La indefinida no plantea ningun problema de duracion. En relacion a los contratos temporales a su vez pueden ser de obra o servico o eventuales por circunstancias de la produccion. En ambas modalidades se pueden celebrar a tiempo completo o a tiempo parcial(duracion inferior a 20 horas a la semana). Es posible formalizar un contrato de obra o servicio, siempre que la misma no constituya la actividad normal de la empresa, por tiempo de 5 horas.
Los eventuales por circunstancias de la produccion tienen una duracion maxima de 12 meses y los de obra o servicio hasta el tiempo que dure la obra o servicio y como maximo tres años.
Un saludo.