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Consulta formulada por:
¿Hay un límite de cantidad por las cantidades en dietas que nos pasan los miembros de la asociación?
12.06.17
Hola,
Los miembros de nuestra Asociación nos pasan las dietas por desplazamientos y comidas, entiendo que nos deben dar facturas no tickets, ¿hay un límite de cantidad? ¿Se contabilizan en una 629?
Muchas gracias
Respuestas
Opinión anónima
14.06.17
Salvo mejor opinión, deberían de aplicar lo previsto en la legislación vigente sobre el IRPF en los siguientes términos:
GASTOS DE LOCOMOCIÓN
ArtÍculos 17.1 d) Ley IRPF y 9 Reglamento IRPF
l Si el empleado o trabajador utiliza medios de transporte público, el importe del gasto que
se justifique mediante factura o documento equivalente.
l En otro caso, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, la cantidad que resulte
de computar 0,19 euros por kilómetro recorrido, más los gastos de peaje y aparcamiento
que se justifiquen.
GASTOS DE ESTANCIA Y MANUTENCIÓN
Con pernocta en municipio distinto
Gastos de estancia: los que se justifiquen mediante la correspondiente factura.
Gastos de manutención: 53,34 euros/día
Sin pernocta en municipio distinto
Gastos de manutención: 26,67 euros/día
Adjunto la parte del Manual del IRPF editado por la Agencia Tributaria que se refiere a las dietas.
Espero que estas observaciones le resulten de utilidad.
Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!