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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Inés Reta

¿Hay que solicitar la apertura de todas las delegaciones de las CCAA en el mismo modelo de inscripción?

18.12.15

Hola,

Me he bajado el documento de modificación que dice así:

Solicitud de inscripción de apertura y cierre de delegaciones y establecimientos

Pero no tengo claro que debo poner:

Solicita (y aquí hay una sola línea) habría que poner que se solicita para, todas las Comunidades Autónomas, o para cada una en concreto… Aragón, Madrid, Valencia, etc. etc.

Muchas gracias

Saludos

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Alberto González Álvarez

Equipo SolucionesONG.org

Trabaja en:

Asesor particular

21.12.15

Hola Inés,

Conforme a tu pregunta, he contactado con el Registro Nacional de Asociaciones y me han comentado que en el espacio donde aparece SOLICITA, tenéis que poner todas las Comunidades Autónomas donde queráis abrir delegaciones.

Si por cualquier caso, no entraran completamente todas las que pretendéis abrir, deberéis poneros en contacto con el Registro para solicitar que os adapten el formato del modelo de inscripción para introducirlas todas.

Para finalizar, en el Certificado de acta de acuerdo de apertura veréis todas las delegaciones inscritas que habéis solicitado.

Adjunto modelo del Certificado de acta de acuerdo de apertura

Espero haberte sido de ayuda. Si tienes alguna duda, no dudes en consultar este mismo foro.

Saludos

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#2

Aportada por:

Francisco Rodríguez

Asesor de gestión, Fundraising y economia social

Trabaja en:

Asesor particular

21.12.15

Hola Inés
No recuerdo si tenéis ámbito estatal
Si es así, en una misma solicitud podéis solicitar todas las inscripciones a la vez, os recomiendo rellenar una solicitud por cada delegación
No os olvidéis del “Certificado de acta de acuerdo de apertura/cierre de delegaciones o establecimiento” que equivale al acta de asamblea y del Impreso para pago de tasas: Modelo 790, que debéis adjuntar, junto con el comprobante de haber hecho el pago
Yo ya lo hice con una Fundación de Cantabria; si necesitas cualquier otra ayuda puedes contactar cuando quieras

Un saludo
Francisco Rodríguez
fr.synapsis@gmail.com

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

21.12.15

Estimada Inés: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: junto con las aportaciones que le trasladan mis compañero Alberto y Francisco, cuyos criterios comparto, asimismo, cabe referir que es de aplicación al supuesto en ciernes al estar vuestra asociación inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior lo dispuesto en los arts. 53 y 54 del Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones (BOE núm. 255, de 24 de octubre), preceptos reglamentarios que disponen lo siguiente:
Artículo 53. Plazo de presentación de la solicitud.
“La solicitud de inscripción de apertura y cierre de delegaciones y establecimientos deberá presentarse en el plazo previsto en el artículo 37.1, contado desde la adopción del respectivo acuerdo asociativo”.
Artículo 54. Documentos que deben adjuntarse a la solicitud.
“1. A la solicitud deberá acompañarse acta de la asamblea general o del acuerdo adoptado, según se haya determinado en los estatutos, en el que conste la apertura o cierre de delegaciones o establecimientos de la asociación y su fecha, e indique el domicilio social de la delegación o establecimiento a que se refiere la solicitud.
2. Cuando simultáneamente se proceda a la apertura y cierre de una o varias delegaciones o establecimientos, se harán constar los datos a que se refiere el apartado anterior respecto de cada una de ellas.
3. El Registro podrá requerir la aportación de un certificado en el que, mediante documento único y consolidado, se haga constar la relación actualizada de la totalidad de delegaciones y establecimientos, cuando ello resulte necesario para garantizar la coherencia de la publicidad registral”.
Por consiguiente, en lo relativo a la solicitud de inscripción de apertura y cierre de delegaciones y establecimientos, la misma deberá presentarse en el plazo previsto en el artículo 37.1, contado desde la adopción del respectivo acuerdo asociativo; es decir, respecto de las asociaciones inscritas como es el caso de vuestra entidad asociativa, el plazo de presentación de la apertura de delegaciones será de un mes, contado desde la adopción del acuerdo asociativo. Si dicha solicitud se presentara fuera del plazo antedicho, se podrá requerir por parte del Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior la aportación de un certificado en el que se ratifique la vigencia de la variación producida en los datos.
Espero haberle ayudado.
Un cordial saludo y Felices Fiestas.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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