Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

María Fernández

¿Hay alguna normativa que indique que la presidencia y vicepresidencia de una asociación deban residir en España?

30.05.18

Hola,

Quería preguntaros dos cuestiones:
1 - ¿Hay alguna normativa o cuestión legal sobre si la presidencia y vicepresidencia (que la sustituye en caso de ausencia según estatutos) de una asociación registrada en España deben residir en España?

2 - ¿Hay alguna normativa o código entorno a la coincidencia de puestos de junta directiva y empleados en asociaciones?

Muchas gracias de antemano

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

31.05.18

Hola María,

contesto a tus preguntas:

1) la sede de la asociación tiene que estar en España pero el presidente y demás miembros de la Junta directiva, y también los socios, pueden tener su domicilio donde lo prefieran.

2) El hecho de que los miembros de la Junta directiva sean también trabajadores de la asociación da lugar a muchos conflictos de intereses porque son a la vez directores y trabajadores. Como trabajadores tendrán problemas para cobrar el desempleo, la asociación tendrá problemas para despedirlos, etc. No está prohibido pero hay que manejar los conflictos de intereses.

Saludos,

avatar
#2

Respuesta del participante:

María Fernández

31.05.18

Sobre la primera cuestión, ya nos han puesto obstáculos en varias ocasiones en la agencia tributaria por ejemplo, sobre que la respresentante legal esté residiendo fuera del país.

Gracias por la rápida respuesta

solucionesong.org
Un proyecto de