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¿Hay alguna ley que indique cuanto superávit puede tener una ONG en un ejercicio para tener subvenciones?
11.02.16
Hola,
La administración nos da subvenciones para algunas actividades y para parte del mantenimiento del local. A la hora de justificar nos dicen que no podemos tener superávit porque si no nos descuentan de la subvención. Pero, ¿cómo vive la asociación los primeros meses si a 31 de diciembre la cuenta hay que dejarla a cero? ¿Hay alguna ley que indique cuanto superávit puede tener una ONG en un ejercicio para tener subvenciones?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
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Asesor particular
16.02.16
Sobre la subvención, depende de las condiciones que fije el organismo que la concede
En cuanto al superávit no hay norma que lo prohíba. Es lógico que quien concede la subvención se lo plantee cuando hay remanente, pero para eso están los presupuestos anuales en los que debe intentar equilibrar el presupuesto.
El concepto de superávit es el resultado final del ejercicio, no el saldo de las cuentas ni el dinero en efectivo con el que atiende sus compromisos y aunque una buena administración y contabilidad te puede dar una aproximación, no conoces el importe exacto hasta que elaboras las cuentas anuales