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Consulta formulada por:
¿Hay alguna herramienta que ayude a darse de alta como entidad pública y a gestionar la documentación que hay que enviar cada año?
13.12.15
Hola,
Quería saber si existe alguna herramienta, a ser posible gratuita, que ayude a una asociación a darse de alta como entidad pública y a gestionar la documentación que hay que enviar cada año.
Gracias de antemano
Saludos
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
14.12.15
La declaración de utilidad pública se obtiene a través de un procedimiento (por cierto, muy exigente y no sencillo) que viene regulado en la Ley de Asociaciones (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo), artículos 32 y siguientes), sin que exista un modelo o formulario por medio del cual, y directamente, se obtenga la citada declaración. La inicial instancia o solicitud sí se puede realizar a través de un modelo previsto por el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior, si bien junto con esta solicitud se debe aportar al menos la siguiente documentación:
- Memoria de actividades de la asociación correspondiente a los dos ejercicios económicos anuales precedentes a aquél en que se presenta la solicitud.
- Cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados, comprensivas del balance de situación, la cuenta de resultados y la memoria económica.
- Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la que conste que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y que no constan deudas con el Estado de naturaleza tributaria en período ejecutivo.
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.
- Copia compulsada, en su caso, del alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Certificación del acuerdo del órgano de la asociación que sea competente por el que se solicita la declaración de utilidad pública.
Por lo que respecta a la documentación que deben presentar las asociaciones que hayan sido declaradas de utilidad pública, básicamente se refiere a la obligación de rendición de cuentas (presentación de las cuentas anuales y memoria de actividades) todos los años ante el Registro de Asociaciones.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Asesor de gestión, Fundraising y economia social
Trabaja en:
Asesor particular
14.12.15
Buenos días.
Añadiendo a lo que explica mi compañero, no existe ninguna herramienta, lo que hay son formularios concretos según el registro, nacional o autonómico, que son los que se deben cumplimentar (están en la página web del registro de asociaciones del ministerio del interior o en la consejera de justicia de la comunidad autónoma, dependiendo de donde estés registrados)
El proceso no es difícil pero si un poco engorroso.
Pero realmente no hay herramientas
Si necesitas cualquier otra información no dudes en contactar conmigo
Un saludo
Francisco Rodríguez
fr.synapsis@gmail.com
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
26.12.15
Estimada Inmaculada: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, debemos de partir del hecho de que la entidad asociativa Ocio Solidario está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, siendo intención por parte de la misma de solicitar la declaración de utilidad pública y, por ende, si existe alguna herramienta informática que ayude a dicha entidad a llevar a cabo los trámites que supone el procedimiento de declaración de utilidad pública, así como la gestión de la documentación a presentar cada año a dicho departamento ministerial.
Dicho lo anterior, tal como le trasladan mis compañeros Juan González y Francisco Rodríguez no existe una herramienta informática, modelo o formulario por medio del cual, y directamente, se obtenga la citada declaración. La instancia o solicitud sí se puede realizar a través de un modelo previsto por el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior -http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/asociaciones/utilidad-publica/solicitud-de-declaracion-de-utilidad-publica, si bien junto con esta solicitud se debe aportar la documentación necesaria que le señala mi compañero Juan González, tal como establece el Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública.
Espero haberle ayudado.
Un cordial saludo y Felices Fiestas.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com