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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juan Barcia

¿Hay algún criterio para saber si debemos declarar Impuesto de Sociedades? ¿Qué ocurre en nuestro caso?

29.07.13

Hola,

Somos asociación cultural sin ánimo de lucro y declaramos IVA trimestralmente.

¿Debemos declarar Impuesto de Sociedades? Hemos consultado con varias asociaciones y personas, y algunos dicen que sí y otros que no. ¿Hay algún criterio? ¿Depende del epígrafe IAE (nuestro epígrafe es 9669 “Otros servicios culturales”)?

Evidentemente, nuestro objetivo es no tener obligación de declarar. La actividad económica es muy pequeña.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

30.07.13

Buenos días,

El critero a seguir es el que establece la ley, en el art. 122 del impuesto de sociedades nos dice que estas entidades no declaradas de utilidad publica, sino las que se les aplica el régimen de entidades parcialmente exentas NO tendrán que presentar impuesto de sociedades si cumplen todos los requisitos que detallamos:

a) Que sus ingresos totales no superen 100.000 euros anuales.
En estos ingresos se incluyen las subvenciones, cuotas de socios, donaciones, ingresos por venta de bienes o servicios, plusvalías por ventas de bienes, etc.

b) Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen 2.000 euros anuales.

c) Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención
El resto de las entidades que no cumplen los requisitos anteriores todas sin excepción tienen que presentar el Impuesto de Sociedades.

Por lo que si haceis actividad económia por mínima que sea y esa activiad no lleva retención, estaríais obligados a prsentar el impuesto de sociedades

Espero haberos ayudado
Un saludo
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com

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#2

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

30.07.13

Al margen de la correcta aportación de Silvia, hay que añadir las entidades que estén acogidas a la utilidad pública y las que estén reguladas por el Régimen Fiscal previsto en la Ley 49/2002 quienes además de presentar el I.S. deberán presentar la memoria fiscal correspondiente.

Saludos.-

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#3

Respuesta del participante:

Juan Barcia

31.07.13

Muchas gracias por la rapidez de la respuesta.

Para aclarar dudas. Si en un ejercicio únicamente se han vendido libros, sí sería necesario presentar declaración. Si no se han tenido ingresos y solo se han adquirido algunas herramientas, entonces no sería necesario. ¿Es así? ¿Podrías por favor confirmarlo?

Gracias de nuevo.

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#4

Aportada por:

Juan de Dios Pérez Romero

http://www.consultoriadefundaciones.es/

Trabaja en:

Consultoría de Fundaciones

31.07.13

Buenas tardes:
Si no habéis tenido ingresos por la venta de libros esta actividad no os obliga a presentar el I.S.

Del resto de ingresos lo apuntado por Silvia.

Saludos,

Juande

solucionesong.org
Un proyecto de