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Consulta formulada por:
¿Hasta qué cantidad podemos facturar en nuestra asociación sin tener que facturarla?
07.11.17
Hola:
Nuestra asociación es de música y teatro y los socios no pagamos cuotas, nos sustentamos de algunas representaciones y un taller que impartimos para el ayuntamiento al que facturamos sin IVA.
¿Hasta qué cantidad podemos facturar?
Todos los ingresos son para la asociación, para sufragar nuestras actividades, como compras de material y atrezzo. ¿Tendríamos que declarar algo?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
08.11.17
El que una actividad esté exenta del IVA o no, no depende en absoluto de su importe, ni del destino de esas rentas, depende única y exclusivamente de que la normativa del IVA contemple expresamente la exención para esa actividad concreta; por lo tanto, en primer lugar, habrá que determinar con exactitud en qué consisten esos talleres para saber si gozan o no de exención en el IVA.
Todo ello, como digo, con independencia del destino de los ingresos.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.