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Consultas Online

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Consulta formulada por:

José Antonio Fernández Fernández

Hacienda me reclama la devolución del importe de tres subvenciones recibidas por una ONG

07.12.12

Hola,

La hacienda extremeña me reclama la devolución del importe de tres subvenciones recibidas por una ONG, de la que yo era vicepresidente. Las subvenciones fueron concedidas en 2004, 2005 y 2006. Yo fui nombrado vicepresidente en abril del año 2007. No he tenido participación alguna en la gestión.

En mayo de 2012 la Junta de Extremadura inició el procedimiento de declaración de responsabilidad subsidiaria contra mí y contra otro miembro de la junta directiva que, al igual que yo, vive fuera de la región, no así contra el presidente que reside en Extremadura.

Presenté las alegaciones en tiempo y forma, solicitando la paralización del expediente y la remisión de una copia del mismo.

La Junta de Extremadura, en respuesta que ha tardado cinco meses, no ha atendido mis alegaciones y me ha comunicado el Acuerdo de Derivación de Responsabilidad.

¿Qué puedo hacer?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rogelio Sánchez Molero

Abogado experto en fundaciones

Trabaja en:

Asesor particular

11.12.12

Estimado José antonio.
Las cuestiones que planteas son lo suficientemente complejas y se necesitaría tener muchos más datos de los que aoprtas en tu consulta. Creo que es un tema que debes poner en manos de un abogado. Hay demasiadas cuestiones en tu pregunta que deben ser analizadas. Por ejemplo, la posible prescripción del derecho a reclamar las cantidades; o cómo se adoptaron los acuerdos en la ONG razón por la que pueden no estar reclamando nada al Presidente etc.
Demasiado complejo el asunto para una respuesta adecuada en este foro.
Saludos

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#2

Aportada por:

José María Taberné Abad

Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor

Trabaja en:

Asesor particular

11.12.12

Hola,
La sección IV de la Exposición de motivos de la ley de Asociaciones dispone que la consecuencia de la inscripción en el Registro será la separación entre el patrimonio de la asociación y el patrimonio de los asociados sin perjuicio de la existencia, y posibilidad de exigencia, de la responsabilidad de aquéllos que con sus actos u omisiones causen a la asociación o a terceros daños o perjuicios.
Artículo 15. Responsabilidad de las asociaciones inscritas en sus apartados 3.a 5 prevé:
3. Los miembros o titulares de los órganos de gobierno y representación, y las demás personas que obren en nombre y representación de la asociación, responderán ante ésta, ante los asociados y ante terceros por los daños causados y las deudas contraídas por actos dolosos, culposos o negligentes.
4. Las personas a que se refiere el apartado anterior responderán civil y administrativamente por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de sus funciones, y por los acuerdos que hubiesen votado, frente a terceros, a la asociación y a los asociados.
5. Cuando la responsabilidad no pueda ser imputada a ningún miembro o titular de los órganos de gobierno y representación, responderán todos solidariamente por los actos y omisiones a que se refieren los apartados 3 y 4 de este artículo, a menos que puedan acreditar que no han participado en su aprobación y ejecución o que expresamente se opusieron a ellas.
Por las fechas que mencionas, no pudiste participar (como Vicepresidente) en la gestión de la asociación durante el período de ejecución de las subvenciones. Desde aquí no me resulta posible saber si se te imputa alguna omisión, también como Vicepresidente. Lo que parece claro es que en el Acto de Declaración de Responsabilidad no han tenido en cuenta que no has participado en la gestión en condición ninguna.
El siguiente paso es que impugnes el Acuerdo de Derivación de Responsabilidad, en cuyo recurso deberás aclarar tu posición con respecto al presupuesto de hecho habilitante como deuda tributaria. Para ello deberías recopilar las actas de las reuniones de la junta directiva y asambleas de la asociación en las que aparezca tu firma, como documentos probatorios.
En internet encontrarás un buen número de páginas sobre este asunto, aunque creo que para preparar el escrito de impugnación es mejor que te asesore un especialista en fiscal, para cerrar el caso de una vez por todas.
Saludos JMT

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