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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jonay Izquierdo Trujillo

Gestión del certificado digital

02.05.22

Caso: asociación de reciente creación, sin equipo informático propio, que quiere solicitar certificado digital para hacer gestiones ante la administración, etc.
Pregunta: ¿cuál es la mejor manera de gestionar este certificado? ¿instalarlo en los PC de todas las personas que van a usarlo? ¿instalarlo en un sólo PC privado? ¿Comprar un pendrive o tarjeta, que puede pasarse de un usuario a otro?

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Jaume Albaigès

Director de SinergiaTIC, antiguo autor de TecnolONGia.org y siempre tratando de ayudar a reducir la distancia entre las TIC y las ONG

Trabaja en:

Asesor particular

02.05.22

Hola, Jonay:

Yo sería muy precavido sobre el hecho de hacer circular el certificado de un lado para otro. Lógicamente, vosotros sabréis cuáles son las necesidades de la organización, pero tened en cuenta que:

1) El certificado es una “firma” legal a todos los efectos. Cualquier cosa que cualquier persona haga usando ese certificado será válida y constará como que la entidad efectivamente lo ha hecho o autorizado. Entiendo que esto es algo evidente, pero pienso que no está de más recordarlo.

2) El certificado se emitirá a nombre de una persona física que actuará en nombre de la entidad. Si otras personas lo usan, esta persona que consta en el certificado debe ser consciente de ello pues en el fondo otros estarán firmando y actuando en su nombre (y en el de la entidad, claro).

En primera instancia yo optaría porque sea la persona representante que va a constar en el certificado la que lo custodie y utilice cuando sea necesario. Y a partir de aquí, si veis la necesidad clara de que otras personas lo puedan usar también entonces ya lo instalaréis en sus equipos. Alternativamente, entiendo que si están habilitadas mediante estatutos o poderes, se podrían solicitar otros certificados de representación a nombre de estas otras personas (creo que es posible hacerlo) y que cada una firmara lo que fuera de su competencia.

Saludos.

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#2

Muy buena

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

04.05.22

Buenos días Jonay,

el certificado es personal para representante de la asociación que es el presidente. No es un certificado de la asociación para que lo use cualquiera. No es una buena práctica que el certificado lo usen otras personas.

Teniendo el certificado digital como representante legal de la asociación, el presidente puede apoderar para hacer todos o algunos trámites en la Administración a las personas que considere necesario. De esta forma cada persona apoderada podrá hacer las gestiones a las que está autorizado con su propio certificado digital. Toda la información sobre el apoderamiento lo encontrarás en este sitio web https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm

Saludos,

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#3

Respuesta del participante:

Jonay Izquierdo Trujillo

17.05.22

Muy buenas ambas aclaraciones. Muchas gracias

solucionesong.org
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