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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Lorenzo Marqués Garcia

Formulario a utilizar para las cuentas anuales de la fundación

27.05.03

He consultado con el registro mercantil de Málaga sobre si existe un formato especifico para las cuentas de fundaciones, ya que leyendo el de las mercantiles hay denominaciones, tanto en el modelo abreviado como el normal, que no se ajustan a las denominaciones del PGC para entidades no lucrativas. Entiendo que al protectorado habrá que darle las cuentas con las denominaciones originales de este Plan y no con el mercantil. Me dicen en el registro que admitirían un formato distinto si hay un decreto o ley que regule la utilización de un formato específico. ¿Existe ese decreto, norma o ley?. Gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

28.05.03

Las Cuentas Anuales se deben elaborar de acuerdo con lo previsto en la Adaptación del Plan General de Contabilidad( RD 776/1998 de 30 de abril para entidades sin ánimo de lucro) que los denomina “Cuentas Anuales”, en el que encontrará los modelos abreviados y normales.

Esta respuesta no es vinculante

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#2

Opinión anónima

28.05.03

Si desea consultar la Adaptación al Plan General Contable se encuentra en esta página web, en marco legal-fundaciones-contabilidad.

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#3

Opinión anónima

28.05.03

Estimado Lorenzo, al igual que la compañera Lourdes, te digo que debeis adaptar y presentar las Cuentas Anuales en el R.M. de vuestra provincia, siempre con acorde al PGC Sectorial de Fundaciones y ESAL.
Recibe un Cordial Saludo
Roberto Durán
rduran@ya.com

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#4

Opinión anónima

09.06.03

Madrid a 9 de junio de 2003

Señores:

En contestación a su consulta, nuestra opinión es la siguiente.

No queda claro por la legislación vigente el que las fundaciones que realizan actividades mercantiles deban presentar cuentas en el Registro Mercantil, además de en el Protectorado, aunque entendemos que si.

En el Protectorado deberán presentar la cuentas anuales que dicta el RD 776/1998 de 30 de abril por el que aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas Entidad, es decir las cuentas anuales “adaptadas”.

En el Registro Mercantil, los modelos de cuentas que se pueden presentar son lo que se han aprobado mediante Orden, en el mismo y que no comprenden estas adaptaciones, sino que son unos modelos normalizados del Plan General de Contabilidad (PGC). Normalmente les permitirán presentar el modelo adaptado en el Registro Mercantil sin problemas. En caso contrario deberán utilizar el modelo normalizado, utilizando los epígrafes del PGC.

Además, las cuentas anuales del PGC para entidades sin ánimo de lucro ofrecen más información que las genéricas del PGC, por lo que el Registro Mercantil no debería poner ningún reparo a estas cuentas.

La Ley o norma que aprueba las cuentas anuales de entidades sin ánimo de lucro es el propio RD 776/1998 de 30 de abril.

Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.


Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta,



Saludos cordiales.



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#5

Respuesta del participante:

Lorenzo Marqués Garcia

06.06.03

OS AGRADEZCO A AMBOS VUESTRO INTERES Y RAPIDEZ EN LA RESOLUCION. LO QUE NO ENTIENDO ES COMO EL REGISTRO ME HA CONFUNDIDO DICIENDOME QUE TENGO QUE PRESENTARLAS EN EL FORMATO MERCANTIL. ES MAS HE HECHO UNA CONSULTA POR ESTE MEDIO AL REGISTRO CENTRAL DE MADRID POR QUE YO NO LO TENIA CLARO. MUCHAS GRACIAS DE NUEVO Y ESTOY A VUESTRA DISPOSICION PARA LO QUE NECESITEIS.

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