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Consultas Online

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Consulta formulada por:

José Luis Gaillard Rafols

Formas de agrupación de entidades sin ánimo de lucro

13.07.20

Buenos días. Si no me equivoco, las asociaciones sin ánimo de lucro están reguladas por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo. Las federaciones de asociaciones se rigen por la misma ley. ¿Existen otras formas de agrupación de asociaciones que sean más “ligeras”? (Algo así como las UTE entre sociedades mercantiles)
Algo que sea formal pero más sencillo.
Gracias

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

14.07.20

Hola José Luis
Las federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones son asociaciones de segundo grado, es decir, son asociaciones cuyos promotores son personas jurídicas de naturaleza asociativa, constituidas al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación e inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones o en los correspondientes registros autonómicos de asociaciones.

En concreto, se consideran federaciones y uniones las entidades promovidas por tres o más asociaciones, y confederaciones las entidades promovidas por un mínimo de tres federaciones.
Se rigen por la ley de asociaciones 1/2002 Te adjunto el procedimiento para su inscripcion:
http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/asociaciones/inscripciones-registrales-de-las-asociaciones/inscripcion-de-constitucion-de-federaciones-confederaciones-y-uniones-de-asociaciones#

Por otro lado estarían las UTE que son uniones temporales de empresas
Se rigen por dos normativas
Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de Empresas y de las Sociedades de desarrollo industrial regional.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y su reglamento.
Lo más importante es que dos entidades unen sus esfuerzos DE MANERA TEMPORAL para ejecutar una obra o servicio CONCRETO
Dicho esto deberíais pensar antes de hacer nada CUAL ES VUESTRO PROPOSITO y luego decidir e implementar lo que queréis realizar
Un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Respuesta del participante:

José Luis Gaillard Rafols

15.07.20

Gracias, Teresa. Las UTE, como su nombre indica, son uniones de EMPRESAS. ¿Se puede hacer lo mismo con asoc.sin a.de lucro? ¿Lo regula alguna ley? Ya que estamos, todas las asoc. sin. a. de l. son ONG y/o todas las ONG son asoc. sin a.de l.?

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#3

Respuesta del participante:

José Luis Gaillard Rafols

18.07.20

ES lo que necesitaba saber.Muchas gracias

solucionesong.org
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