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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Iñaki Abella Gutiérrez

Formación de una UTE con otras organizaciones y empresas

18.06.19

Hola,

Nuestra asociación quiere formalizar una UTE entre 4 entidades, una es otra asociación, una cooperativa y una SL. El objetivo es participar en un concurso público. ¿Es posible? En caso afirmativo, ¿qué ley aplica? ¿hay jurisprudencia al respecto?

Gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

18.06.19

Es totalmente posible; esta fórmula ya ha sido utilizada desde hace tiempo por entidades sin ánimo de lucro, concretamente en el despacho utilizamos hace años esta figura para gestionar un colegio conjuntamente por una entidad religiosa y una asociación; por lo tanto no hace falta hacer referencia a reseñas jurisprudenciales.

La normativa a aplicar sería la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre Régimen Fiscal de Agrupaciones y Uniones Temporales de Empresas y de las Sociedades de Desarrollo Regional.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

Iñaki Abella Gutiérrez

18.06.19

Muchas gracias por tan rápida respuesta.
El caso es que el departamento jurídico de la CAM, con referencia a una solicitud de la dirección general del medio ambiente y sostenibilidad, referente a una concesión demanial, ha contestado lo siguiente:
“... conforme lo argumentado en el cuerpo de este escrito, y teniendo presente el apartado 4 del artículo 1 de la LO 1/2002 en el que se especifica que están excluidas del ámbito de aplicación de la ley de asociaciones, las uniones temporales y las agrupaciones de interés económico, este órgano considera que las asociaciones no pueden formar parte de una unión temporal de empresas, dado que las asociaciones se caracterizan por no tener ánimo de lucro, mientras que las uniones temporales de empresas están constituidas por empresarios para el desarrollo o ejecución de una actividad con fines lucrativos”.
Y por esta respuesta estábamos interesados en jurisprudencia si la hubiere.
Gracias de nuevo.

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