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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jorge Meseguer

Fiscalidad venta de rosquillas

29.11.19

Hola,

Nuestra asociación una vez al año realiza una venta de rosquillas para obtener fondos para los fines de la asociación. Compramos las rosquillas a una fabrica y posteriormente las vendemos. El beneficio de esta venta está entorno a los 10.000 euros.

La consulta es la siguiente:

- ¿Realizando esta actividad podemos acogernos al Régimen especial de entidades parcialmente exentas?

Gracias por su ayuda,

Un saludo

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

02.12.19

Perfectamente. Pero no es una opción, sino que el régimen de entidades parcialmente exentas siempre se aplica a las asociaciones que no pueden acogerse al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002.

Ahora, bien la venta de rosquillas es una actividad sujeta y no exenta tanto del IVA como del Impuesto sobre Sociedades, con independencia de que resulte de aplicación el régimen de entidades parcialmente exentas.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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