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Consulta formulada por:
Fiscalidad subvencion y convenio de colaboración
30.10.19
Hola:
Somos una asociación sin ánimo de lucro NO declarada de utilidad pública. Querría que me informaran de la fiscalidad a efectos de IS y de IVA de:1. Una subvención recibida por un entidad pública relativa al congreso anual que realizamos
2. Un ingreso recibido de una entidad privada como colaboración, sin contraprestación a cambio, para la realización de un curso realizado. En este caso tenemos un documento solicitando.
En ambos casos ambas entidades no han solicitado que les emitamos ninguna factura
Muchas gracias
Respuestas
Opinión anónima
04.11.19
Buenos días, José Manuel
Como asociación no lucrativa no declarada de utilidad pública estáis en el régimen de entidades parcialmente exentas.
A falta de mayor información sobre la naturaleza de las subvenciones recibidas, en ambos casos, tanto la pública como la privada, si financian una actividad dentro de los fines de la asociación, serían una renta exenta en el Impuesto de Sociedades.
en cuanto al IVA, las subvenciones no están sujetas a IVA: Una financian los gastos ocasionados por un congreso y la otra los gastos de una formación
En el supuesto en que la ayuda privada fuera a cambio de una formación a sus empleados, habría que ver qué tipo de formación es para saber si está exenta.
Espero haber despejado tus dudas,
Saludos
Salvador
puche29consultoria