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Consulta formulada por:
Fiscalidad de una factura de formación
06.05.09
Una persona desempleada nos va a realizar una formación puntual de 3,5 horas. ¿Cómo debe facturarnos?.
Puede facturar como minutas de formación?, ¿sin IVA y descontando la retención del IRPF al ser persona física?.
Y cómo puede declarar esta formación a Hacienda?.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
06.05.09
Hola Jose;
Estas en lo cierto, lo que la entidad tendrá que ingresar en hacienda en concepto de retenciones el importe correspondiente mediante modelo 110 y en el año próximo le enviaréis a la persona que va a facturar el certificado de retenciones para que lo pueda incluir en su declaración de renta.
Saludos, Eva.