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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jesús Molina Porlan

¿Existe alguna forma legal de justificar donativos con un recibo firmado por el interesado?

21.05.18

Hola,

Nuestra Asociación recibe todos los años subvención local para mantenerse, ahora bien, se está haciendo justificando con facturas de cursos varios, pero prácticamente no queda remanente para la Asociación.

Se están entregando donativos para particulares y claro está, no se pueden justificar con factura para la subvención, por lo tanto se van consumiendo los pocos recursos que tiene la Asociación.

La pregunta sería: ¿Existe alguna forma legal de poder justificar los donativos con un simple recibo firmado por el interesado? Imagino que tendrán este mismo problema con otras Asociaciones y lo estará más que resuelto.

En caso contrario, es decir, si no se pueden incluir los recibos firmados como justificante, imagino que podremos incluir facturas de gastos, como gasolina, alimentación, etc. etc. a nombre de la Asociación.

Quedo por tanto a la espera de su contestación.

Muy agradecido.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

22.05.18

Buenos dias.

Sin perjuicio de que deberiamos conocer mas al detalle la operativa que explica para dar una respuesta segura, en principio son gastos deducibles los donativos que la asociacion de a personas necesitadas de esas ayudas. Precisamente esa es una de las funciones sociales de als asociaciones, recoger fondos y entregarlos a personas necesitadas.

En cuanto al documento que acredita la entrega del donativo, por supuesto que es valido el recibo firmado por el donatario, donde debe incluir nombre, domicilio y NIF, al objeto de que pueda ser auditada su realidad por cualquier administracion publica o por los organos de gobierno de la asociacion.
Por otro lado esa labor social concreta debe estar aprobada por la Junta directiva. No caso por caso, pero si de manera generica, incluso tener un documento que fije las causas para determinar cuando procede.
Por ultimo todas las facturas emitidas legalmente a la asociacion por compra de comida, gasolina etc, tambien son gasto deducible.

Saludos.

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