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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jose Arribas

Exención de tributación de las donaciones

19.02.08

A una de nuestras socias le ha tocado un coche valorado en 12.000 euros, nos comenta que en caso de venta, Hacienda le retiene aproximadamente un 35% de los ingresos. La consulta es; ¿es posible no tributar a Hacienda en caso de donación de los ingresos de la venta a la entidad?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

21.02.08

La tributación en el IRPF por el premio recibido es independiente de la donación que en el futuro puediera realizar.
En su caso la cantidad donada a la Asociación podría darle derecho a una deducción en el impuesto.
Por lo tanto no es posible dejar de tibutar por el premio recibido, a costa de una posible donación del precio que obtuviese por la venta del coche.

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#2

Opinión anónima

22.02.08

Efectivamente, como indica D.Javier, una cosa es la tributación del premio y otra la donación posterior.
Su asociada tendrá que tributar por el premio como un incremento patrimonial de una renta en especie( artículo 42 del Ley 35/2006, de 28 de diciembre), pero no tendrá derecho a deducirse cantidad alguna por la donación a su entidad puesto que su asociación no está declarada de utilidad pública.
Esta respuesta no es vinculante.

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#3

Respuesta del participante:

Jose Arribas

25.02.08

¿Esta sujeto a tributación un premio en especie (coche)?

Nuestra socia afortunada a la que le ha tocado el coche sugiere donar a la entidad el vehículo. Deberá tributar en este caso? Y también pagar por el impuesto de transmisiones patrimoniales?

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#4

Opinión anónima

26.02.08

Tributaría sólo en el IRPF por el incremento patrimonial.

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