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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Gonzalo Aldeanueva

¿Exención de IVA por la nueva Ley?

11.07.13

¿Exención de IVA por esta nueva Ley?

Nueva Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Buenos días,

Mi consulta es la siguiente: al ser tan novedosa está Ley, según su artículo 68 que cito textualmente:

“El artículo 68 modifica el artículo 20.Uno.6º y 12º y Tres LIVA relativo a la exención de los servicios prestados por entidades sin finalidad lucrativa, suprimiendo el requisito del reconocimiento previo por parte de la Administración tributaria del carácter social de la entidad para que ésta aplique la exención.
Por tanto, los servicios prestados por entidades o establecimientos de carácter social que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 20.Tres LIVA (carecer de finalidad lucrativa, los cargos de presidente, patrono o representante legal deberán ser gratuitos y los socios, cónyuges o parientes consanguíneos hasta el segundo grado no podrán ser destinatarios principales de las operaciones ni gozar de condiciones especiales en la prestación del servicio) estarán exentos, con independencia de la obtención del reconocimiento previo de su condición.

No obstante, las entidades que reúnan tales requisitos podrán solicitar de la Administración tributaria su calificación como entidades o establecimientos privados de carácter social, calificación que será vinculante para la Administración mientras subsistan las condiciones y requisitos que fundamentan la exención.”

Entiendo que las asociaciones de carácter social que cumplan los requisitos mencionados en el citado artículo, están exentas de IVA de forma “automática” incluso con independencia del reconocimiento previo de la condición de carácter social.

¿Esto es así? ¿Estoy interpretando de forma correcta este artículo? ¿Se está aplicando ya en Hacienda?

Gracias a todos los asesores.

Gonzalo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

13.07.13

Efectivamente Gonzalo.

Esto no es nuevo, la 6ª Directiva de la UE ya establecía que las exenciones no podían ser potestativas del sujeto pasivo (solicitud de exención) sino que nacían por una parte del sujeto pasivo y por otra de la actividad en sí.

Esta consulta ha sido ampliamente preguntada en este foro, mucho antes de la entrada en vigor de la Ley. Algunos defendíamos que la exención no dimanaba de la solicitud, por lo que con independencia de que la solicitaras o no, la actividad estaría exenta.

El legislador con esta norma lo que ha fijado son los criterios que ya establecía en su día la UE a través de la sexta directiva.

Saludos.-

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#2

Respuesta del participante:

Gonzalo Aldeanueva

14.07.13

Muchas gracias Manuel por tu pronta respuesta.

Saludos.

Gonzalo.

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