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Consulta formulada por:
Estos límites fijados en la Ley de Prevención y lucha contra el Fraude ¿Afectan a las fundaciones que pueden recibir donaciones?
21.03.16
Hola,
Con la aprobación de la Ley 7/2012, del 29 de octubre, prevención y lucha contra el fraude se establece un límite máximo de compras en efectivo de 2.500€. Cuando el pagador es un particular no residente en España el límite ascenderá a 15.000€. En principio esto va dirigido a empresarios y profesionales.
Pero, a) ¿aplicaría esto a las donaciones que puede recibir una Fundación? b) ¿Y si fuera para un servicio incluido en los fines de la Fundación?
Gracias.
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
29.03.16
El problema está en el donante, el receptor debe ser vigilante para no participar en un posible blanqueo de capitales u otras actividades ilícitas, pero esos límites no operan para ingresos de cheques o transferencia bancaria, en los que se puede seguir el rastro del donante y el origen de los fondos, al menos hasta donde os corresponde como asociación.
Dicho lo cual, yo no aceptaría entregas en efectivo más que por cantidades puramente simbólicas y aún así identificando al donante.
Respuesta del participante:
06.04.16
Muchísimas gracias. Claro y conciso, sin ambigüedades. Gracias de nuevo.