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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ivan Arjona Pelado

Estos límites fijados en la Ley de Prevención y lucha contra el Fraude ¿Afectan a las fundaciones que pueden recibir donaciones?

21.03.16

Hola,

Con la aprobación de la Ley 7/2012, del 29 de octubre, prevención y lucha contra el fraude se establece un límite máximo de compras en efectivo de 2.500€. Cuando el pagador es un particular no residente en España el límite ascenderá a 15.000€. En principio esto va dirigido a empresarios y profesionales.

Pero, a) ¿aplicaría esto a las donaciones que puede recibir una Fundación? b) ¿Y si fuera para un servicio incluido en los fines de la Fundación?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

29.03.16

El problema está en el donante, el receptor debe ser vigilante para no participar en un posible blanqueo de capitales u otras actividades ilícitas, pero esos límites no operan para ingresos de cheques o transferencia bancaria, en los que se puede seguir el rastro del donante y el origen de los fondos, al menos hasta donde os corresponde como asociación.
Dicho lo cual, yo no aceptaría entregas en efectivo más que por cantidades puramente simbólicas y aún así identificando al donante.

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#2

Respuesta del participante:

Ivan Arjona Pelado

06.04.16

Muchísimas gracias. Claro y conciso, sin ambigüedades. Gracias de nuevo.

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