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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Pablo Martin

¿Estas subvenciones para inversión en inmovilizado deben declararse íntegramente en el modelo 182?

27.12.14

Hola,

Nuestra Entidad, durante este ejercicio ha recibido Subvenciones Ofic. de Capital y Donaciones y Legados de Capital, para inversión en inmovilizado.

Estas cuantías que se han recibido y que irán traspasadas a cuentas de ingreso en función de las amortizaciones del inmovilizado ¿se deben declarar íntegramente en el Mod. 182 de este ejercicio 2014?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

29.12.14

Buenos dias.

Esas cantidades recibidas por donaciones, no hay que declararlas en el 182. solo habria que declararlas en el modelo 390, si estan sujetos a IVA y presentan resumen.

Se recogeran solo en contabilidad, y de forma global se llevaran al IS, y se detallaran en la memoria/cuentas anulaes.

Saludos.

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#2

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

29.12.14

Yo entiendo que sí se pueden incluir en el Mod 182. la duda puede estar en si se incluye toda la cantidad recibida o se informa sólo de la cantidad utilizada en cada uno de los ejercicios.

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#3

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

30.12.14

Buenos dias.

Matizo mi respuesta, por un error, pues puse donaciones, en lugar de subvenciones.

1º.- Las donaciones se declaran todas en el modelo 182, procedan de quien procedan.

2º.- Las subvenciones NO SE DECLARAN EN EL MODELO 182, procedan de quien procedan, y ratifico mi respuesta de que solo se declaran en el modelo 390 si la entidad esta sujeta a IVA, y se recogen en el Impuesto de Sociedades como ingreso, imputandolas como afirmas en tu pregunta, y tambien se recogen en las cuentas anuales de la entidad.
Saludos y Feliz entrada de año.

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#4

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

31.12.14

Yo también he confundido subvenciones con donaciones. Estoy de acuerdo con José Antonio, las subvenciones no van en ellos Mod. 182

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#5

Aportada por:

Juan de Dios Pérez Romero

http://www.consultoriadefundaciones.es/

Trabaja en:

Consultoría de Fundaciones

31.12.14

Buenos días:
Las donaciones se computan en el Modelo 182 por el importe recibido en el ejercicio. Son procedentes de entidades privadas.

Las subvenciones (se consideran como tales las procedentes de administraciones públicas) se declaran en el Modelo 347.

Ambos casos sin perjuicio de los Modelos 3030y 390.

Saludos, Juande. PAZ PARA 2015

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