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Consulta formulada por:
¿Estas compensaciones que damos en las competiciones deben llevar retención?
14.11.14
Hola,
Nosotros puntualmente organizamos alguna competición de piragüismo en nuestro club sin ánimo de lucro. En dichas competiciones hay gastos de arbitraje y de organización.
Los gastos de arbitraje suponen aprox. 40 € por árbitro en concepto de dieta + Km. Los gastos de colaboración suponen aprox. 50 € por persona en concepto de dieta + Km.
¿Deben llevar retención dichas compensaciones y que tipo de retención llevan?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
http://www.consultoriadefundaciones.es/
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21.11.14
Si no hay justificantes de los gastos sino es un importe a tanto alzado sin necesidad de justificar su destino se trata de una renta no exenta y deberíais retener el 21%. Todo esto suponiendo que la entidad no tiene relación laboral con ellos
Saludos, Juande