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Consultas Online

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Estamos revisando convocatorias de subvenciones, nos surge una duda con la aportación de los recursos materiales propios y su posible justificación luego.

30.08.23

Buenos días, pertenezco a una asociación con la cual estamos tratando de entrar en alguna convocatoria de subvenciones. En diferentes convocatorias, he visto que puntúan la aportación de recursos materiales propios que no imputen al proyecto. La duda me surge, porque nuestra asociación no tiene esos recursos materiales como un ordenador, pero yo sí, ¿se puede esto computar como recurso propio?.
En los proyectos que queremos realizar, yo estaría teletrabajando, y sé, que se ha de firmar un anexo donde se refleje si la empresa, en este caso asociación, aporta material al trabajador/a. Sí en este anexo, se refleja que no aporta material, ¿puede perjudicar la subvención, al no recogerse los recursos materiales propios, ya que previamente se ha reflejado que la asociación iba a portarlo? O como he preguntado antes, mi ordenador de uso personal, ¿puede considerarse recurso propio y reflejarlo en la solicitud de subvención, aunque no se especifica que lo aporta el trabajador/a? ¿ Esto puede conllevar algún problema en la justificación, en el caso de que nos concedan alguna subvención? Por último, en el anexo del teletrabajo, se puede dejar esa clausula abierta, comentando que la empresa no lo aporta, pero con intención de aportarlo cuando se pueda. ¿Esto podría ayudar a justificar los recursos materiales propios?

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jonás Santana Alonso

Trabaja en:

Asesor particular

30.08.23

Buenos días, a falta de tener más información para poder responderte exactamente a la pregunta planteada, debes de tener en cuenta varias cosas. La primera es que todas las subvenciones, tanto públicas como privadas, deben de regirse por unas bases de convocatoria, dónde se estipula todo lo relacionado con la subvención, y dónde está recogido lo que tú planteas, la justificación. En este apartado tienes que fijarte cuáles son aquellas cuestiones que te pedirán para luego no tener problema, así como, te puede especificar lo que es subvencionado y lo que no, así como, te podría indicar el tanto por ciento de lo que se justifica, ya que depende de la subvención y en el lugar dónde la solicitas, puede que la subvención no sea el 100% de los gastos del proyectos, pero sí tengas que justificar dichos gastos.
Dicho esto, muchas subvenciones intentan ser garantistas, es decir, asegurar que la Entidad a la que se le concede una subvención cuenta con los medios y recursos para poder desarrollar un proyecto o ejecutar una acción, entendiendo que la subvención no cubrirá todos los gastos que se necesita para desarrollar el mismo. En ese sentido entiendo que te piden los medios o los recursos con los que cuenta la entidad, que en este caso pueden ser propios de la ONG y externos, pero que dichos recursos sean operativos para poder desarrollar la acción encomendada y no haya problema para no ejecutar la subvención y que por tanto, quién concede la subvención no te declare posteriormente la nulidad y te solicite el reintegro.
Dicho todo esto, lo principal entendiendo que empezáis a ejecutar proyectos y subvenciones es que la ONG vaya adquiriendo unos recursos propios, ya sean a través de donaciones, compra o aportaciones de los socios,…y forméis un inventario o catálogo de bienes, que serán junto con las cuentas de la entidad, un patrimonio que los avale o los acredite a nivel de solvencia tanto técnica como económica, entendiéndose esto a futuro y con una estructura mayor.
Espero haber resuelto tus dudas, ya que la pregunta es muy genérica y no sé si te entendí lo que has preguntado. Un saludo.

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#2

Aportada por:

Carmen Valderrey Huertos

Trabajadora social Freelance. www.valderreyserviciossociales.es

Trabaja en:

Asesor particular

30.08.23

Buenas,
Teniendo en cuenta que sin haber leído las bases de la convocatoria y sin saber lo que habéis presentado es complicado contestar con exactitud lo que preguntas

En un principio, entiendo que la entidad no dispone de recursos materiales propios ya que el ordenador personal de los trabajadores no es un recurso propio de la entidad, ten en cuenta que en la propia justificación de la subvención os pueden solicitar factura de los equipamientos informáticos de la asociación para comprobar que están adquiridos por la asociación. Se me ocurre, si la entidad no dispone de ordenador, en muchos Ayuntamientos (participación ciudadana) o empresas de la zona presentado una solicitud de que necesitáis material informático, suelen ceder equipos informáticos que están obsoletos para ellos, pero que una entidad como la vuestra puede darle una segunda vida.

Te recomiendo que si finalmente os conceden la subvención y no cumplís con lo presentado en la solicitud inicial, presentes una reformulación de la subvención para que a la hora de la justificación no tengáis problemas.

Espero haberte ayudado
Un saludo
Carmen

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#3

Aportada por:

José Moreno Aguilera

Mediador y Asesor en conflictos sociales (Acoso laboral, Acoso Sexual, Acoso Escolar)

Trabaja en:

Asesor particular

30.08.23

Hola, falta información, tener en cuenta que sin conocer las bases de la convocatoria y sin saber cuáles son vuestros medios,y situación de medios es imposible, responderos adecuadamente, un saludo.

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