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Consulta formulada por:
¿Estamos obligados a declarar Impuesto sobre Beneficios?
06.02.10
Tenemos entendido que las entidades que no superen los 100.000 euros/año de ingresos no están obligadas a esta declaración. ¿Es correcto?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
Trabaja en:
Asesor particular
08.02.10
Si sois una Asociacion, NO podeis tener Beneficios, ya que sois una entidad SIN ANIMO DE LUCRO. Otra cosa serà que esteis constituidos como empresa Mercantil (SA, SL o similares) que en este caso si podeis tener beneficios y siempre tendreis que presentar declaracion de Impuesto de SOCIEDADES.
Teneis que aclarar previamente que tipo de entidad sois.
Opinión anónima
08.02.10
Hola,
Brevemente, texto que viene en el Manual de Impuesto Sociedades 2008.-
SUJETOS al Impuesto Sociedades
La sujección la determina la residencia en territorio español. Estan sujetas TODA CLASE DE ENTIDADES, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que tengan personalidad jurídica propia, excepto las sociedades civiles.
Al decir todas, específicamente, menciona: "Las Asociaciones, Fundaciones e Instituciones de todo tipo, tanto públicas como privadas".
Opinión anónima
08.02.10
Por tanto, estais obligados a presentar la declaración.
Luego, está cómo se realiza la liquidación: Rentas exentas, etc. etc.
Gracias!
Salvador
Aportada por:
C.I.E.M.
Trabaja en:
Asesor particular
08.02.10
Estoy de acuerdo con Salvador, estais obligados a llevar contabilidad y hacer la declaración.