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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Manuel Vázquez

Estamos haciendo una selección de un programador web ¿qué tipo de contrato, que no tenga alta en Seguridad Social, podemos hacer?

03.10.13

Hola,

Tengo una duda sobre una contratación. Estamos haciendo una selección de un programador web ¿qué tipo de contrato, que no tenga alta en Seguridad Social, podemos hacer? ¿podemos realizar un contrato autónomo económicamente independiente? ¿Qué tipos de contratos? ¿Qué tramites hay que realizar? ¿Tenéis algún modelo?

Gracias, me solucionáis la vida en la asociación

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

04.10.13

Hola Manuel,
Si no quieres dar de alta a una persona que te presta unos servicios lo que tienes que hacer es un contrato mercantil con la misma.
Debes tener en cuenta también que ese contrato no encubra otro por cuenta ajena dado que estarías frente a un fraude.
La legislación de la Seguridad Social establece como norma que estás obligado a darte de alta en autónomos si realizas de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo y aunque utilices el servicio remunerado de otras personas, seas o no titular de empresa individual o familiar. Por tanto esa persona tendrá que darse de alta en el RETA si es que no lo es ya.
Un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Respuesta del participante:

Manuel Vázquez

04.10.13

Buenas, Teresa, el problema es que no es un fín lucrativo, ya que es contratar a un programador para el desarrollo de una app, que se pagaría con la publicidad de la misma. ¿Como podemos realizar el contrato, para que la Asociación no tuviese, que pagar, ya que no tenemos suficientes ingresos? ¿Que tipo de contrato?

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#3

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

04.10.13

Manuel,
Vamos a ver, ya se que tu asociación no tiene un fin lucrativo pero eso no tiene nada que ver con que tengáis personas contratadas o que contratéis los servicios de un autónomo. La persona sea contratada por cuenta ajena o sea autónoma va a cobrar si la contratáis. Lo que debes decidir si va a trabajar mediante un contrato por cuenta ajena ( en este caso debes de pagar su seguridad social) o por cuenta propia en cuyo caso la seguridad social corre por cuenta del autónomo.
En cualquier caso debes de establecer un precio o salario con la persona. No puedes supeditar el cobro de sus ingresos a la publicidad aunque le pagues finalmente con lo que percibas con la misma pero debe haber un pacto anterior que compromete a las partes.
Un saludo
Teresa Ferraz

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#4

Respuesta del participante:

Manuel Vázquez

04.10.13

-Entonces, si le hago un contrato mercantil de autónomo, que procesos burocráticos debemos de realizar nosotros y que obligaciones tendrimamos que tener, y que obligaciones fiscales tiene que tener la persona contratado, tengo entendido, que si la facturo es inferior a 3.000€, no tiene que darse de alta como autónomo no? tenéis algún modelo de contrato

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#5

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

04.10.13

Hola Manuel,
Adjuntó un link informativo sobre los trámites para que una persona es de de alta como autónomo
http://www.infoautonomos.com/hazte-autonomo/alta-autonomo-obligaciones/tramites-de-alta-del-autonomo/
Un saludo

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