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Consulta formulada por:
Estamos facturando publicidad ¿Debemos repercutir el 21% de IVA y declararlo en Hacienda?
28.08.13
Hola,
Estamos facturando publicidad en una revista editada en España a clientes residentes en Europa.
¿Debemos repercutir el 21% de IVA y declararlo en Hacienda?
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
28.08.13
Salvo mejor opinión, entiendo que sí porque, aún suponiendo que su entidad esté exenta de IVA, la publicidad no creo que sea una actividad relacionada con los fines propios de su entidad.
La publicación de la Revista sí mpuede ser una actividad directamente relacionada con los fines, estatutariamente establecidos, propios de su entidad. Sin embargo, el hecho de incluir anuncios publicitarios en la Revista no tiene la misma naturaleza jurídica. Es una actividad económica ajena a la consecución de los fines de su entidad y, por lo tanto, ajena a la exención del IVA.
Un atento saludo.