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Consulta formulada por:
¿Estamos exentos de IVA en la venta de libros y materiales educativos?
26.10.11
¿Estamos exentos de IVA en la venta de libros y materiales educativos?. Somos una ONGD, Fundación de carácter privado y sin ánimo de lucro. Nos vamos a dar de alta en el IAE para la venta de libros y materiales educativos y necesito saber si estamos exentos de IVA en esta actividad.
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
27.10.11
No, la venta de libros está sujeta y no exenta de IVA, debiendo repercutir el impuesto al tipo del 4%. Por el resto de material, que no sea libros, deberá repercutirse el impuesto al tipo general.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Consultora y formadora especializada en ONG
Trabaja en:
Asesor particular
27.10.11
Hola Conchi
te reproduzco el articulo 91 de la ley de IVA por si os surgiesen dudas en otro momento:
Tal como indica el compañero, la venta de libros está sujeta IVA 4% :
“ Los libros, periódicos y revistas que no contengan única o fundamentalmente publicidad, así como los elementos complementarios que se entreguen conjuntamente con estos bienes mediante precio único.
Se comprenderán en este número las ejecuciones de obra que tengan como resultado inmediato la obtención de un libro, periódico o revista en pliego o en continuo, de un fotolito de dichos bienes o que consistan en la encuadernación de los mismos.
A estos efectos, tendrán la consideración de elementos complementarios las cintas magnetofónicas, discos, videocasetes y otros soportes sonoros o videomagnéticos similares que constituyan una unidad funcional con el libro, periódico o revista, perfeccionando o complementando su contenido y que se vendan con ellos, con las siguientes excepciones:
Los discos y cintas magnetofónicas que contengan exclusivamente obras musicales y cuyo valor de mercado sea superior al del libro, periódico o revista con el que se entreguen conjuntamente.
Los videocasetes y otros soportes sonoros o videomagnéticos similares que contengan películas cinematográficas, programas o series de televisión de ficción o musicales y cuyo valor de mercado sea superior al del libro, periódico o revista con el que se entreguen conjuntamente.
Los productos informáticos grabados por cualquier medio en los soportes indicados en las letras anteriores, cuando contengan principalmente programas o aplicaciones que se comercialicen de forma independiente en el mercado.
Se entenderá que los libros, periódicos y revistas contienen fundamentalmente publicidad cuando más del 75 % de los ingresos que proporcionen a su editor se obtengan por este concepto.
Se considerarán comprendidos en este número los álbumes, las partituras, mapas, cuadernos de dibujo y los objetos que, por sus características, sólo puedan utilizarse como material escolar, excepto los artículos y aparatos electrónicos”
Espero haberte ayudado.
Hasta pronto!
Mònica
www.molesasesores.com
Aportada por:
www.celsoamor.com e-Learning, Prevencion de Blanqueo de Capitales, LOPD
Trabaja en:
Asesor particular
30.10.11
Cualquier Fundación o asociación, puede realizar una actividad económicas (siempre que lo permitan sus estatutos), pero en cuanto a esta actividad tiene las mismas obligaciones que el resto de empresarios.
Por lo que estoy de acuerdo con mis compañeros.
Un saludo. Celso Amor
www.celsoamor.com
Aportada por:
Abogado
Trabaja en:
Asesor particular
30.10.11
En principio las ventas de libros estará gravada al 4% y los de material eductaivo, al 18%.
Sólo si la entrega de ese material tuviera carácter accesorio a una actividda educativa dentro del objeto social, estaría exenta de IVA.
Saludos
Respuesta del participante:
08.11.11
Gracias por las respuestas. Ahora una duda práctica, al hacer la declaración trimestral de IVA, ¿nos desgravamos el IVA soportado en todas las facturas (luz, teléfono, etc.)o sólo lo que se refiere a la venta de libros?