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Consulta formulada por:
¿Es preciso superar una auditoria para que declaren la Asociación de Utilidad Pública?
22.12.03
Nos estamos preparando para solicitar la Declaración de Utilidad Pública el año 2004. Quisiera saber si nos harán una autoría y qué aspectos, en su caso, nos auditarán (¿sólo las cuentas o algún aspecto más?). ¿Qué deberíamos de preparar?.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
22.12.03
En respuesta a su consulta le informamos que, en primer lugar, la Asociación debe verificar el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 32.1 de la vigente Ley Orgánica 1/2002 reguladora del Derecho de Asociación.-
En cuanto al procedimiento y la documentación que es preciso aportar, se recoge, con claridad y precisión, en el Real decreto 1786/1996 (BOE de 29 de agosto) sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, que es la norma actualmente vigente para solicitar la mención.-
Esta respuesta no es vinculante.-
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
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Asesor particular
22.12.03
En relación a tu pregunta concreta, en absoluto es necesario que un experto independiente audite nuestras cuentas como requisito previo a la solicud de declaración de Utilidad Pública.
Por supuesto, uno de los documentos o información que deberemos aportar con nuestra solicitud de declaración de Utilidad Pública, será información sobre la contabilidad, sobre las cuentas anuales (balances, cuentas de resultados, memoria econcómica…), pero en absoluto esta información debe haber sido previamente auditada.
Juan González Martín-Palomino.