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Consulta formulada por:
¿Es preciso hacer retenciones a los becarios extranjeros sin residencia en España de una ONG?
29.06.03
¿A los becarios habría que retenerles el 15%?. ¿Cómo podrían ellos (si no tienen NIF), solicitar la devolución en la declaración el IRPF?.
Muchas gracias
Respuestas
Opinión anónima
05.07.03
Lo principal sería conocer la residencia de su becario, puesto que existen convenios firmados por el Estado Español para evitar la doble imposición, en virtud de los cuales, no es necesario practicar retención.
Al carecer de esa información, responderé a su pregunta en términos genéricos.
- Sin Convenio para evitar la doble imposición: Retención es del 25%
- Con Convenio solo sería necesario pedir un certificado a la autoridad fiscal correspondiente.
Así mismo, los no residentes en España que realicen actos de trascendencia jurídica deberían disponer de un Número de Identificación de Extranjeros, pero aquellos que no estén obligados a tenerlo podrán solicitar la asignación del NIF cuando vayan a realizar operaciones con trascendencia tributaria.
Podrán solicitar la devolución mediante la presentación de una autoliquidación del mismo a la Administración Tributaria.
Esta consulta no es vinculante