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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Estrella Buendia

¿Es obligatorio tener contratada una empresa de protección de datos?

24.09.13

Hola,

Somos una Fundación y tenemos contratada una empresa de protección de datos. Nuestra pregunta es ¿es obligatorio?

Gracias a todos y un cordial saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

25.09.13

Hola Estrella,

Pues obligado no es, lo que es obligado es tener los datos protegidos, es decir, no hacer un mal uso de los mismos pero obligación de tener una empresa … no me consta.

Saludos, Eva

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#2

Aportada por:

Mabel Paola Cueto De La Cruz

Mabel Cueto (IP-PRIVACY®)

Trabaja en:

Asesor particular

25.09.13

Buenos días Estrella,

Como profesional en el área, tengo que comentarte que la obligación que tiene todo ente que en el ejercicio de sus actividades profesionales trate datos de carácter personal, es CUMPLIR CON LOS REQUISTOS Y FORMALIDADES QUE LA LOPD establece. Como por ejemplo: inscripción de ficheros, Doc. de Seguridad, Contratos de encargados de tratamiento, confidencialidad, derechos ARCO (Acceso, Rectificación Cancelación y Oposición), actualización de la información en general, celebrar auditorias bienales, cuando corresponda (a partir del nivel de seguridad Medio), etc.

Lo que ocurre es que, en vista de que por lo general es un tema muy especializado, y usualmente la empresa o en tu caso la asociación pues tiene como actividad otros temas, se suele contar con un apoyo externo para que les ayude/colabore en la correcta adecuación de la asociación en principio, y luego en las actualizaciones obligadas que debe realizar la misma a los fines de ir cumpliendo con la normativa sobre protección de datos y su reglamento.

Por tanto, no es obligatorio que tengas una empresa contratada para tales fines, sin embargo, conviene para poder sacar adelante el tema lo más beneficiosamente posible.
Siempre tienes la opción de:
1) Contratar una empresa/profesional en la materia de forma permanente; o,
2) Contratar dichos servicios de asesoría/actualización de manera puntual.

Lo que siempre debe de contar la asociación es con alguien que se ocupe internamente de velar por que las cosas vayan marchando correctamente en ese sentido.

Aunque insisto, o es obligatorio tener alguien fijo asesorando sobre el tema, pero es conveniente contar con la asesoría de un profesional en el área para mayor garantía de cumplimiento y de que se va por el camino correcto.

Saludos cordiales,

Mabel Cueto
(IP-PRIVACY)

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#3

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

25.09.13

Hola Estrella,

Obligación no hay ninguna otra cosa es que para cumplir con la normativa requieras los servicios de una empresa o lo externalices. Comentarte que a la Agencia de protección de datos le puedes consultar cuestiones, lo digo por sí no contáis con mucho presupuesto
Un saludo
Teresa

solucionesong.org
Un proyecto de