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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Laura Couque Leal

¿Es obligatorio que tengamos la prevención de riesgos laborales?

02.06.11

Hola, soy miembro de una asociación de medio ambiente, que en estos momentos está realizando un inventario de anfibios, por una duración de 5 meses.

Desde la gestoría nos dicen que tenemos la obligación de tener lo de prevención de riesgos laborales, lo que nos supone unos 300 euros al año.

Me gustaría que alguien me dijese si esto es obligatorio.
Muchas gracias.
Laura.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jorge Ignacio Mata Arribas

Jorge Mata Arribas. Consultor de Empresas www.jma-asesores.com

Trabaja en:

Asesor particular

06.06.11

Buenos días Laura

Efectivamente, en el caso de que las personas que estén realizando el inventario cobren de la asociación como “contraprestación” por sus servicios se consideran como trabajadores de la misma y deben tener cubiertas sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales según la legislación vigente.

Tienes bastante información visitando este link
http://www.crear-empresas.com/dudas/riesgos.htm

En caso de ser trabajo hecho mediante voluntarios la doctrina es bastante difusa, pero os aconsejo que igualmente acudáis a una mutua externa para que os informen acerca de los servicios que mejor pueden amoldarse a vuestra situación particular. Salvo mejor opinión.

Un saludo,

Jorge Mata Arribas
Gerente de JMA Asesores

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#2

Opinión anónima

06.06.11

Buenas tardes:

Efectivamente es obligatorio tener un plan de prevención de riesgos laborales (evaluación, planificación…) e informar y formar a los trabajadores sobre los riesgos de su puesto de trabajo. Una posible solución es utilizar la herramienta que el gobierno ha puesto en marcha para las pequeñas empresas con una actividad no considerada como especialmente peligrosa (hay un listado en la web donde indica las actividades que pueden utilizarla), y que es: www.prevencion10.es. A través de esta herramienta te permite cumplir con la prevención salvo la vigilancia de la salud, que es obligatoria contratarla con un servicio de prevención ajeno, pero si los reconocimientos médicos no son obligatorios para los trabajadores, os puede salir más económico.
Un saludo

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#3

Opinión anónima

07.06.11

Hola Laura,

Si la asociación tiene menos de 6 trabajadores, está permitido que la actividad preventiva se asuma directamente por la asociación, sin necesidad de concertar con una entidad externa. En este caso, establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que el empresario podrá asumir esta actividad personalmente, siempre que se den las siguientes circunstancias:

  • que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo.
  • que tenga la capacidad necesaria, en función de los riesgos a que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las actividades desarrolladas.

Un saludo,
Salvador
info@puche29.es

solucionesong.org
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