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Consultas Online

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¿Es obligatorio que el administrador de una SL sea autónomo?

22.11.19

Buenas,

Estoy pensando en crear una SL, yo sería el administrador único y la idea es contratar a personas por cuenta propia para realizar servicios cuando sea necesario, ya que preveo que la SL no tendrá actividad continuada
¿sería obligatorio que el administrador sea autónomo?, en caso afirmativo, ¿qué opciones existen?,

Gracias.

Saludos.
Manuel.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jesús Javier López Sánchez

CONSULTOR TERCER SECTOR

Trabaja en:

Asesor particular

22.11.19

Buenos días Manuel; creo que te has equivocado de plataforma de consulta. Por lo que tengo entendido el objetivo de solucionesong.org es ayudar a la entidades sin ánimo de lucro. Nos preguntas por una sociedad limitada entidad con ánimo de lucro, ni siquiera forma parte de la economía social. Por loq ue te recomiendo que acudas a las múltiples herramientas que los emprendedores tiene a su disposición en las diferentes comunidades autónomas: agencias de desarrollo local; cámaras de comercio; asociaciones empresariales; etc

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#2

Respuesta del participante:

22.11.19

Hola Jesús Javier,

Quizás he sido demasiado excueto explicando e ido al grano en mi consulta, pero tienes razón que en esta plataforma sería conveniente dar más detalles de quienes somos:
somos una Asociación cultural sin ánimo de lucro (educación en inglés), llevamos con unos 5 años de actividad, además tenemos una labor social en la comunidad (nativo/as de lengua inglesa, no profesionales, a tavés de la figura de voluntario/a ofrecen clases de ingles gratuitas a personas sin recursos). El único motivo por el que vamos a crear la SL es porque, tras asesorarnos, nos explican que sería la mejor fórmula, ya que tenemos la idea de empezar a ofrecer unos servicios, algunos serán de pago otros gratuitos (auxiliares de conversación en centros especiales, talleres audiovisuales en lengua inglesa con personas en riesgo de exclusión social, creación de contenido educativo gratuito en redes sociales que será financiado con publicidad, etc).
Entonces vamos a continuar con nuestra asociación, y paralelamente el presidente, creará esta SL a su nombre, con participación de la asociación en el capital, ambas estarán dentro de la economía social, estamos en bancos del tiempo de nuestro barrio y en nuestros estatutos, nos basamos en la propia “economía del bien común”.

Entonces, reformulo la pregunta ¿sería obligatorio que el administrador sea autónomo?, en caso afirmativo, ¿qué opciones existen?,

Muchas gracias.
Manuel.

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#3

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

22.11.19

En principio, el administrador único de una sociedad no tiene por qué darse de alta en autónomos si su trabajo en la sociedad se limita a labores simples de representación y firma de la documentación de la sociedad. Si la sociedad no tuviera trabajadores, no se podría defender esta postura porque lógicamente alguien tendrá que desarrollar las labores de la sociedad y a falta de trabajadores, sería el administrador quien desarrollase estas tareas. Teniendo trabajadores, como es vuestro caso, entiendo que no es necesario darse de alta en autónomos. Ahora bien, lo que pueda considerar la Seguridad Social, no lo sabemos, porque en la práctica nos encontramos con soluciones distintas, en unos casos se está exigiendo el alta en autónomos y en otros no, ante supuestos idénticos. En todo caso, es perfectamente lógica, ajustada a la normativa y defendible la postura que os comento.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#4

Opinión anónima

24.11.19

Hola, Manuel
Además de si va a trabajar en la empresa hay que firjarse en el control de la misma. Así, sí esa persona, tiene más del 50% del capital, o menos, pero convive con familiares directos que también son socias y la suma supera el 50%.

también cuando, ejerciendo labores de dirección y gerencia, participas en más del 25% del capital.
Solo cuando tengas menos del 25% (no tienes el control), puedes librarte de darte de alta como autónomo.
Saludos
Salvador
puche29consultoria

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#5

Aportada por:

Jesús Javier López Sánchez

CONSULTOR TERCER SECTOR

Trabaja en:

Asesor particular

25.11.19

Hola Manuel; agradecerte la aclaración sobre la actividad a realizar y la necesidad de constituir la SL.
Resumiendo las opiniones de los compañeros y entrando en la casuística del tema ordenando las ideas:
Primero hay que tener claro el porcentaje de propiedad de cada uno de los socios dentro del capital social.
Segundo ¿Quién tiene el control efectivo de la sociedad?. Estudiando la posible vinculación al ser la misma persona presidente de la asociación que participará en el capital social y socio y administrador de la sociedad.
Tercero ¿quién tiene el desarrollo efectivo de dirección y gerencia propias de los órganos de administración o prestación de otros servicios para la sociedad de forma habitual personal y directa?
Cuarto ¿Será retribuido por ello?

Coincido con Juan González que ante el posible encuadramiento erróneo del administrador en la seguridad social se consulte con la Tesorería General para ir sobre seguro

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#6

Respuesta del participante:

27.11.19

Gracias por vuestras respuestas,

El presidente tendrá más del 50% del capital, y ejercerá como administrador único,
Por lo que entiendo, según me comentáis, que aunque dicha persona no vaya a tener remuneración, ni una actividad continuada, pero si que ejercerá las pocas labores de gestión de la SL gratuitamente y puntualmente, tendrá que darse de alta como autónomo obligatoriamente, aunque la propia SL contrate puntualmente a terceros autónomos para desarrollar los servicios necesarios.

Por ello, me surge otra pregunta: ¿tendrá que haberse dado de alta como autónomo antes de constituir la SL, o podría hacerlo después siempre que la SL aún no haya comenzado su actividad?,

Gracias de nuevo.
Manuel.

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