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Consulta formulada por:
¿Es obligatorio presentar una auditoría de cuentas para solicitar la utilidad pública?
18.04.12
La Asociación EOF (Equipo de Orientación Familiar) lleva a cabo un proyecto de atención a familias y menores en riesgo social.
Queremos solicitar “utilidad pública” y leyendo otra vez el R.D. 1740/2003 art. 5, punto 4, dice que la obligatoriedad de la auditoría es para aquellas asociaciones que presenten las cuentas anuales en modelo normal, y nosotrros las presentamos como PYMES. ¿Me podéis confirmar que no tenemos que presentar la auditoría?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Elsa López
Respuestas
Aportada por:
Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es
Trabaja en:
Asesor particular
20.04.12
Los requisitos para presentar el modelo normal de CCAA son los siguientes:
Modelo normal
De conformidad con lo establecido en el Plan General de Contabilidad, RD 1514/ 2007, de 16 de noviembre (B.O.E. núm. 278, de 20 de noviembre de 2007), las fundaciones podrán formular sus cuentas anuales en los modelos que se expresan a continuación cuando concurran, durante dos ejercicios consecutivos, al menos, dos de las siguientes condiciones:
Balance:
El activo total es superior a 2.850.000 euros.
El importe neto del volumen anual de ingresos, constituido por la suma de las siguientes partidas:
a) “Ingresos de la entidad por la actividad propia” y
b) “Ventas y otros ingresos ordinarios por la actividad mercantil”, que figuran en el haber de la cuenta de resultados, es superior a 5.700.000 euros.
El número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio es superior a 50.
Cuenta de resultados:
El activo total es superior a 11.400.000 euros.
El importe neto del volumen anual de ingresos, constituido por la suma de las siguientes partidas:
a) “Ingresos de la entidad por la actividad propia” y
b) “Ventas y otros ingresos ordinarios por la actividad mercantil”, que figuran en el haber de la cuenta de resultados, es superior a 22.800.000 euros.
El número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio es superior a 250
En consecuencia si no llegáis a estos límites no estáis obligados a presentar CCAA en modelo normal.
Saludos.-