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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ana Isabel Mateo Benito

¿Es obligatorio para una ONG el contar con un seguro de responsabilidad civil?

01.07.09

¿En que casos es obligatorio? y ¿qué cubre un seguro de responsabilidad civil para entidades sin ánimo de lucro?.


Por último, ¿sabéis de alguna aseguradora barata y especializada en estos temas?


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

02.07.09

Según la ley de voluntariado cualquier asociación sin ánimo de lucro que cuento con voluntarios siempre tiene que tener en cuenta algunos aspectos entre los que destaca el SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y ACCIDENTES: la ley exige que la entidad contrate una póliza que garantice a la persona voluntaria una cobertura por asistencia sanitaria, por accidentes sufridos durante la acción voluntaria así como por daños ocasionados a terceros.
Algunas compañïas “especializadas” en seguros de voluntariado son AON Seguros del grupo Catalana Occident. Algunos seguros son nominales (se contratan por persona voluntaria) y otros son generalistas. En cualquier caso según vuestra tarea y vuestro volunmen de voluntariado podrías contratar uno u otro.

Para más información podeis contactar con la plataforma estatal de voluntariado
C/ Fuentes, 10, 1º Izda. 28013 - Madrid
Tlf: 902 12 05 12 - 91 541 14 66
Fax: 91 541 14 21
correo-e: info@plataformavoluntariado.org

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#2

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

02.07.09

Estimada Ana Isabel: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: siguiendo la línea de que te traslada mi compañera Auxi, no es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil para el personal de vuestra entidad asociativa distinto al voluntariado.
Pero, en cualquie caso, sería recomendable la suscripción de dicho seguro ante posibles reclamaciones por errores u omisiones cometidos por los trabajadores en su actividad profesional.
Debe tenerse en cuenta que el seguro de responsabilidad civil es de vital importancia, de hecho ya es obligatorio en multitud de actividades, pues a diferencia de un seguro de daños, por ejemplo el todo riesgo de un coche, las consecuencias de un daño / siniestro son imprevisibles.
En los términos, limites y condiciones pactados en las Condiciones Particulares, Especiales y Generales de esta poliza, el asegurador toma a su cargo las indemnizaciones por responsabilidad civil extracontractual que en virtud de las disposiciones legales vigentes (Código Civil) pudieran resultar a cargo del asegurado como consecuencia de daños materiales, personales y sus perjuicios directamente consecuenciales ocasionados a terceros durante la vigencia de la poliza, y que tengan su origen en su actividad descrita en las Condiciones Particulares de la Poliza.
Un cordial saludo y buena suerte.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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#3

Aportada por:

Jesús Ulloa Boyano

Economista experto en seguros

Trabaja en:

Asesor particular

02.07.09

Estimada Auxi:

En primer lugar creo que esta duda debería estar desterrada de nuestro sector. Dada la naturaleza de nuestras organizaciones, no podemos permitirnos el lujo de que cualquier reclamación que nos hagan pueda llevar a la desaparición de la organización es más, si quieres acudir a cualquier tipo de concurso o concierto con la Administración o incluso con alguna entidad privada es necesario contar con, al menos una póliza de seguro de responsabilidad civil.

Esta póliza debe cumplir una serie de requisitos para que cubra a nuestras entidades, deberá contemplar el alcance de la cobertura por escrito especificando el riesgo que se cubre así como la actividad que desarrolla la asociación, debe considerar terceros entre si a los usuarios de la asociación cubriendo de esta manera, los daños que se causen unos a otros, por último deberían cubrir las actividades que se desarrollen en el seno de la asociación tanto dentro como fuera de sus instalaciones.

En cuanto al tema de la aseguradora creo que lo más rentable y seguro es acudir a una correduría de seguros especializada en nuestro sector, nos ahorra tiempo y nos garantiza que las pólizas que contratemos serán las necesarias y contaremos de esta manera con las coberturas necesarias para el correcto funcionamiento de nuestras asociaciones.

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#4

Aportada por:

Magda Abad Mendez

Soy voluntaria en proyectos de personas mayores

Trabaja en:

Asesor particular

02.07.09

Hola Isabel,
Al igual que mis compañeros, Segun la ley de voluntariado las ONG han de hacer un seguro a sus voluntarios ya que en caso de accidente, tengan un seguro para cubrir a todos los voluntrios de la Organización.Siempre se corre un riesgo cuando se esta haciendo un servicio de voluntarido .

solucionesong.org
Un proyecto de