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Consulta formulada por:
¿Es necesario ser de utilidad pública para firmar Convenios de Cooperación para el Desarrollo Internacional?
03.01.13
Hola,
Somos una asociación sin fines de lucro, cuyo fin principal es la de apoyar a los países suramericanos a lograr su desarrollo sostenible. Está registrada en la Xunta de Galicia y desarrolla su actividad en el ámbito gallego. Tengo las siguientes preguntas:
1. Algunas ONG mencionan ser de utilidad pública. ¿Es necesario ser de utilidad pública para firmar Convenios de Cooperación para el Desarrollo Internacional?
2. ¿Es suficiente seguir estando así registrado para firmar Convenios de Cooperación Internacional con otras ONG y/o Fundaciones, o tenemos que estar registrado en algún otro Registro nacional diferente? Hago esta pregunta porque hemos recibido una oferta de cierta Fundación dispuesta a financiar a través de nosotros programas sociales en Suramérica, comenzando con Perú.
3. ¿Podemos firmar Convenios de Colaboración con organismos públicos, empresas, personas naturales extranjeras; por ejemplo, con los Municipios en Perú (Mecenazgo)?. Si fuese así, ¿Qué Modelo de Convenio de Colaboración para este caso podríamos usar?
Gracias.
ONG Idersur
Respuestas
Opinión anónima
03.01.13
Hola amigas y amigos, por supuesto NO es necesario ser de utilidad pública, esto es siempre conveniente, no necesario. Salvo, claro, que las disposiciones especiales de cada organización o administracion que subvenciona así lo estipule.
No hay “modelos” de colaboración, pero si necesitáis alguno no dudéis en ponernos en contacto conmigo por Mail y os remitiré algunos que hemos utilizado, según cada caso.
Saludos.
Berta
bbrusilovsky@acciondesarrolloigualdad.org
Opinión anónima
03.01.13
Referndando lo dicho por la anterior asesora, ene efecto, el ser declarado de utilidad pública es un mérito pero jamás un requisito, y menos para firmar convenios con entidades privadas.
Por tanto, ni siquiera era necesario estar inscrito en ese registro para firmar convenios con otras ONG y fundaciones, pero bueno, si ya lo estais, aportais un plus de transparencia.
La inscripción en ese registro es necesario para poder solicitar subvenciones oficiles…cuando las haya.
En cuanto al modelo que solicitais, si se trata de entidades públicas de Perú, y si los proysctos se van a realizar en Perú, creo que lo mejor es que sean ellos los que os hagan una propuesta y vosotros reviseis si se adapta a vuestras posibilidades.
¡Ánimo con vuestra labor!
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Trabaja en:
Asesor particular
03.01.13
nuestros asociacion es de utilidad publica asi que si necesitas que seamos colaboradores para ayudar tanbien poco en la zona de africa , estaremos contentos .
Aportada por:
Trabaja en:
Asesor particular
04.01.13
Estoy totalmente de acuerdo con las respuestas anteriores. A la primera pregunta no es necesario, puede ser conveniente estar así declarada por el acceso a subvenciones públicas si en su normativa lo exigiesen, o por si fuesen privadas pero limitasen de algún modo su colaboración económica a este requisito, no estaría demás obtenerla, además de que desde el punto de vista de la transparencia, tan necesaria y tan importante, tienen un mayor control público.
Por lo que se refiere a los convenios no hay modelos concretos, el derecho español es abierto y pueden pactarse de forma muy amplia lo que las partes consideren pertinente, siempre claro dentro de los límites de la legalidad.
Un saludo,
Elena
Opinión anónima
06.01.13
Agradecemos la opinión valiosa de todos ustedes. Concluimos que para prevenir, nos gustaría saber los requisitos para ser declarado como UTILIDAD PÚBLICA y a quienes se les solicita.
De Xosé María Torres Bouza, Yiboula Emmanuel Bazie y Elena Carrasco García nos gustaría saber un e-mail de contacto.
Muchas gracias.
Froilán Córdova.
idersur@gmail.com
froilanco@yahoo.com