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Consulta formulada por:
¿Es necesario que nos demos de alta en el IAE?
19.12.09
Somos una ONG que operamos en la Comunidad de Madrid y que no realizamos ninguna actividad económica al margen de los donativos/ cuotas de nuestros socios o los donativos que nos entregan los adoptantes al adoptar uno de nuestros perros/ gatos.
¿Es necesario que nos demos de alta en el IAE?. En ese caso, ¿estaríamos exentos del pago del impuesto?, ¿cómo debemos de solicitar dicha exención?
MUCHAS GRACIAS.
Respuestas
Aportada por:
Asesor ENL fiscal y laboral. Graduado Social. Máster Asesoría Fiscalwww.viaasesores.com
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Asesor particular
21.12.09
el alta en IAE se efectúa para realizar una actividad económica y se presenta en modelo 036 ante Agencia Tributaria.
Si los ingresos son cuotas de socios están exentos al solicitar la exención de IVA para entidades sociales en Agencia Tributaria.
Para que los donativos de terceros sean exentos teneis que estar en el régimen fiscal del mecenazgo, para ello hay que ser entidad declarada de Utilidad Pública y solicitar ser dado de alta en el régimen fiscal de la ley 49/2002.