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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Susana Martín

¿Es necesario que los usuarios sean miembros de la asociación para que participen en las actividades?

30.05.13

Hola,

Varios profesionales que trabajamos en un Colegio de niños con autismo queremos montar una asociación con el objetivo de realizar actividades extraescolares y complementarias, actividades recreativas, culturales, deportivas u otras de caracter educativo no reglado, escuelas de padres, programas “respiro” etc.

Los usuarios serán personas con autismo, ¿es necesario que sean miembros de la asociación para poder participar en las actividades? Si no son socios, ¿podríamos cobrarles el importe que consideremos adecuado y que participen en la actividad?

¿Deberíamos aplicar el IVA cuando cobremos las cuotas a los socios y cuando cobremos el importe que consideremos adecuado a aquellos que no sean socios y participen en la actividad?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Blanca Pérez Álvarez

Equipo SolucionesONG.org

Trabaja en:

Fundación Hazloposible

31.05.13

Hola Susana,

Por si te resulta útil, te envío un enlace sobre creación de asociaciones:

Pasos para la constitución de una asociación

¡Un saludo!

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

31.05.13

Aunque en pocas líneas, la pregunta es compleja.
Aunque lo normal es que los usuarios de la asociación sean miembros de la misma, nada impide que haya usuarios que no sean miembros.

La asociación puede cobrar el importe que considere adecuado por los servicios que preste, pero incluso a los propios socios. Es decir, la asociación puede establecer que, además de la cuota, se cobre por la prestación de determinados servicios.

Si la cuota de los socios lleva IVA o no es una cuestión complicada; decir que por término general las cuotas no llevan IVA, pero que habría supuestos excepcionales por los que la cuota pudiera llevar IVA.

En cuanto a los servicios que se facturen fuera de la cuota, con carácter general siempre llevarán IVA, salvo que la facturación se haga por servicios que expresamente estén exentos en la Ley del IVA (por ejemplo, los relativos a la enseñanza).

Espero que os ayuden estos comentarios.

Juan González Martín-Palomino.

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#3

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

31.05.13

Coincido con Juan.
Es muy posible que a nivel estratégico pueda ser interesante incentivar las actividades para los socios. Esto os puede dar una base económica vía cuotas y de usuarios - beneficiarios a quienes que dirigiros directamente, además de la ventaja fiscal por el IVA
Considero que esto es mucho más fácil y operativo cuando se está orientado a colectivos tan específicos.

solucionesong.org
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