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Consulta formulada por:
¿Es necesario legalizar los libros de socios y actas en el registro mercantil?
18.11.09
Necesitaba que me informarais si es necesario llevar el libro de socios y el de actas al registro mercantil para legalizarlos. En la Xunta de Galicia me dicen que en una asociación sin ánimo de lucro no es necesario, y en otros organismos me dicen que si.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
20.11.09
hola
Si es obligatorio, lo indica la normativa
Una vez creada la Asociación, registrada su Acta Fundacional y sus Estatutos, y al margen de las obligaciones con Hacienda que se tratan en el apartado específico de Fiscalidad, la Asociación deberá llevar al día el Libro de Actas, el Libro de Socios y los Libros de Contabilidad, que se legalizan en el Registro Mercantil correspondiente (o ante notario.
Gracias y un saludo
Teresa