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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juan Carlos Lorenzo de Armas

¿Es necesario emitir factura en el caso de las cuotas de una asociación?

09.05.13

Hola,

En relación a las cuotas de una asociación, ¿ésta puede emitir recibos y los mismos son aceptados en el tránsito económico y contable de las asociaciones, sin que sea necesaria factura?

Gracias y saludos

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jose Luis Bilbao Beitia

Economista - Asesor Fiscal

Trabaja en:

Asesor particular

10.05.13

Juan Carlos:
No debereis emitir ninguna factura. Con un recibo por el cobro recibido es suficiente.

La factura indica en general que se ha producido una venta o un servicio. Y no es este el caso.

Un saludo
Jose Luis

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#2

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

13.05.13

Buenas noches Juan Carlos,

La factura es por un servicio prestado, la cuota de socio es una aportación voluntaria para el sostenimiento de una entidad, por lo que, al igual que una donación, no requiere la emisión de factura alguna, si bien, si habrá que llevar el correspondiente registro de socios.
Saludos,

Mariano Romero
www.cuadre-dyg.es

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#3

Opinión anónima

14.05.13

El RECIBO está tipificado como un DOCUMENTO SUSTITUTIVO de la Factura aplicable en determinados casos y circunstancias por la legislación del IVA. Así pues, es perfectamente legal emitir un RECIBO en lugar de una FACTURA como soporte documental de la entrega de dinero realizada a favor de la entidad por sus asociados.

Para cualquier comentario o consulta pueden escribir a atdochadosoto@gmail.com

Un atento saludo,

Adolfo T Dochado

solucionesong.org
Un proyecto de