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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carlos López Lainez

¿Es necesario disponer de abogado en el escrito ante el TEAR? ¿Nos pueden asesorar para llevarnos la reclamación?

09.12.15

Hola,

Deseamos presentar ante el tribunal económico-administrativo regional (TEAR) de Madrid una reclamación por impago de subvención de cooperación del ejercicio 2011 del ayuntamiento de Alcorcón, ya que en estos años solo nos han dado largas y han estado pagando arbitrariamente a otras asociaciones.

Presentamos a primeros de septiembre escrito al ayuntamiento como reclamación previa indicando que nos reservamos el derecho a reclamar judicialmente, por lo que damos cumplido el trámite de preaviso.

Han transcurrido tres meses y no hemos obtenido más que el silencio administrativo. ¿Es necesario disponer de abogado en el escrito ante el TEAR? En caso afirmativo, ¿Nos pueden asesorar para llevarnos la reclamación?

Muchas gracias por su ayuda.

Saludos

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

10.12.15

No, no es necesario. Por otro lado, debéis cercioraros que la reclamación contra el impago de una subvención sea materia recurrible ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Luis Barato Risoto

Técnico de Auditoría y Contabilidad del Ministerio de Hacienda. Licenciado en Derecho

Trabaja en:

Asesor particular

11.12.15

De mi consideración.
Apoyo la respuesta del compañero Juan González aclarándole, a mayor abundamiento, que el TEAR es una instancia administrativa y no jurisdiccional. Contra las resoluciones del TEAR cabe la instancia jurisdiccional Contencioso-Administrativa, y en este caso sí que es necesaria la postulación a través de abogado y procurador.
Saludos

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