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Consulta formulada por:
¿Es necesario cumplimentar el Modelo 036?
18.07.12
¿Es necesario cumplimentar el Modelo 036 de la Agencia Tributaria para acogerse a la Ley 49/2002 y así poder emitir certificados a nuestros afiliados para que puedan desgravarse la cuota de socio?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web
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Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.
18.07.12
Buenas tardes,
Si si es necesario.
Un saludo
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com
Aportada por:
Abogado
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Asesor particular
18.07.12
El modelo 036 sirve para informar a la AEAT sobre nuestra situación jurídico tributaria, y debemos tenerlo siempre actualizado. Naturalmente si somos una entidad acogida al régimen especial de la Ley 49/2002, debemos de ponerlo en coocimiento de la AEAT a travñes de ese modelo. Deebes marcar la casilla 135, y en la página 6, en el punto 8 “Régimen fiscal especial del título II de la Ley 49/2002”, marcar la opción que os convenga.
Saludos