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Consulta formulada por:
¿Es mejor trasferir la cantidad de un premio recibido a título particular a la asociación o mantenerlo así?
29.07.15
Hola,
El año pasado constituimos una asociación sin ánimo de lucro registrada en el Ministerio del Interior. Dos de los miembros (presidente y secretaria), estábamos matriculados en un Máster Universitario de Medicina Tropical y Cooperación al desarrollo, y con el trabajo de fin de máster, optamos a un premio (Cátedra ASISA -URJC). Finalmente resultamos ganadores con 3000€ para poner en marcha un proyecto en República Dominicana. Este proyecto sería la continuación de otros anteriores, llevados a cabo allí (2012, 2013 y 2015) al amparo de la Universidad Rey Juan Carlos.
¿Nos interesaría transferir esos fondos a la Asociación o por el contrario, dejarlos a nivel particular para invertirlos en las actividades que realizaremos en febrero- marzo de 2016, allí?
Ambos trabajamos en el Sistema Público de salud y tenemos rentas anuales superiores a los 42.000€.
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
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Asesor particular
29.07.15
Pues podéis hacer cualquiera de las dos cosas, la que más os convenga. El premio concedido lo es a título particular a vosotros y el dinero obtenido lo podéis aportar a la asociación para el desarrollo de ese proyecto o invertirlo directamente en el proyecto, más adelante. Cualquiera de las dos posibilidades son válidas y legales.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
29.07.15
Como dice Juan, el premio se os concede a vosotros a título particular y para un proyecto vuestro, aunque luego se desarrolle en el marco de la ONG.
Ambas posibilidades son válidas. Si donáis el importe a la Asociación y ésta tiene la Declaración de Utilidad Pública, esas cantidades son desgravables en Hacienda, algo que con el nivel de renta que comentas también es importante a tener en cuenta-
Opinión anónima
30.07.15
Buenos días:
Muchas gracias. La Asociación aún no no tiene la Declaración de Utilidad Pública. Por lo que hemos leido deben pasar años desde su fundación para conseguir dicha declaración. No sé si se necesita algún otro requisito.
Muchas gracias.