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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

¿Es lo mismo una ONG que una ENL?

18.12.12

Hola,

Estoy pensando en crear una entidad sin ánimo de lucro, para ayudar a personas que se encuentran desempleadas y poder ofrecerles más oportunidades para encontrar un empleo. Pero tengo una duda, ¿Es lo mismo una ONG que una ENL? Si son diferentes, ¿Que figura créeis que se adapta mejor a la idea que tengo?

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

18.12.12

Hola,
ONG y ENL son dos términos sin valor jurídico en nuestro país. Cuando hablamos de ONG (organización no gubernamental) o ENL (entidad no lucrativa) nos referimos a Fundaciones y Asociaciones que son las figuras jurídicas que pueden adoptar estas entidades.
Si quieres crear una entidad sin ánimo de lucro tienes que elegir entre una de estas dos figuras, cada una tiene unas características propias, tienes que ver cual se ajusta más a tus necesidades.
Para formar una Asociación os tenéis que reunir al menos tres personas para constituirla (puedes ver modelos de Actas de constitución y Estatutos en la web del Ministerio del Interior http://www.interior.gob.es/asociaciones-24/inscripcion-registral-de-asociaciones-152/inscripcion-de-la-constitucion-de-una-asociacion-153 ), no hace falta que tenga una dotación económica para constituirla, la puedes registrar en el Ministerio del Interior o en alguno de los registros autonómicos y el poder de decisión recae en la Asamblea.
Una Fundación la puede constituir una o más personas, tiene que tener una dotación fundacional que debe ser suficiente para los objetivos marcados (al menos 30.000€), el poder de decisión reside en el Patronato, y se registra en el Protectorado del Ministerio al que corresponda por su actividad (en la web del Protectorado del Ministerio de Educación hay más información www.mecd.gob.es/horizontales/fundaciones/informacion-general/protectorado.html).

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#2

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

19.12.12

Hola, Mi colega Sara Sepulcre ya te ha explicado perfectamente la diferencia legal entre Fundaciones y Asociaciones.

Pero me gustaría añadir un matiz y unos comentarios para poder responder a vuestra cuestión. Una cosa es la tipología legal posible y ota la nomenclatura. En este sentido la diferencia entre una Organización no gubernamental (ONG) y una Entidad no lucrativa es que las ONGs son ENLs pero no todas las ENLs son ONGs. Esto no es una acepción registrada por la R.A.E. es un significado que se trasluce del desarrollo social en los últimos 20 años. Como sabes la estructura clásica de las sociedades industrializadas capitalistas se forma por la existencia de dos sectores: sector privado y sector público. Junto a estos dos coexiste un “Sector Privado no Lucrativo” y es el que conocemos como Tercer Sector. Dentro del Tercer sector, las ONGs tienen una finalidad social concreta, como la acción social o una preocupación activa por los colectivos más desfavorecidos en su zona de acción, sea local, regional o internacional. Por este motivo la denominación de ENL es más algo sectorial, donde simplemente no son lucrativas, y pueden servir a distintos fines: como una asociación profesional específica, una fundación de una empresa, una asociación de aficionados a la petanca… Para finalizar la función social que mencionas: ayudar a personas que se encuentran desempleadas y poder ofrecerles más oportunidades para encontrar un empleo, se suscribe en acción social, por lo que sin duda lo que os conviene es una ONG. Legalmente es muy sencillo, y para fundar una asociación encontrarás en SolucionesONG muchas respuestas a los pasos específicos. No olvides este check list para comprender las ventajas/requisitos que implica montar una ONG, de modo resumido, contemplad 5 puntos: 1// Una Organización No Gubernamental (ONG) puede ser cualquier tipo de entidad que no sea parte de la Administración pública ni una empresa con ánimo de lucro, aunque muchas actividades se desarrollan de manera coordinada con los recursos privados y públicos. Así, bajo el título de ONG desfilan asociaciones, fundaciones, clubes sociales, deportivos, cooperativas y centros culturales, aunque lo habitual es asociar el concepto de ONG a las entidades que trabajan para la cooperación con países en desarrollo. 2// Decidir qué necesidades se quieren cubrir para ofrecer un trabajo útil y beneficioso para los demás. Además conviene estimar cuántas personas formarán en un principio la ONG. 3// Puede ser muy útil conseguir que la ONG en cuestión sea declarada de ‘utilidad pública’. De esta manera se pueden conseguir beneficios fiscales. Para ello deberá llevar en funcionamiento al menos dos años. 4// Cumplir los requisitos regulados por la Ley 30/1994 y el Real Decreto 765/1995: >Al menos un 70% de sus rentas netas deben destinarse a la realización de los fines recogidos en sus estatutos en un plazo de tres años a partir de su obtención. >No ser titulares de participaciones mayoritarias en sociedades mercantiles. >Rendir cuentas cada año al organismo público que autorizó la inscripción de la ONG en el registro correspondiente. >En caso de disolución se debe traspasar el patrimonio recogido a otra entidad semejante. 5// La captación de fondos una vez finalizados todos estos trámites legales. Se pueden conseguir mediante donaciones de particulares, de socios, ventas de artículos con la imagen de la ONG, etc. Los principios siempre son costosos, pero seguro que en la situación actual será de gran ayuda poner en marcha iniciativas orientadas hacia el bien común. Un abrazo y mucho ánimo, Marc Masmiquel
solucionesong.org
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